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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (16/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de octubre de 2011 451735 Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 161-2011- EF, hasta por la suma de S/. 941 270,00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia señalada en el Anexo adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29628 – Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias y las Directivas Nº 001-2010-EF/68.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 010- 2010-EF/15 Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010-EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040- 2011-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura y de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; y; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 161-2011-EF, hasta por la suma de S/. 941 270,00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, señalado en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional del Departamento de Apurímac para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 6º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 704236-2 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 213-2011-INDECI 2 de setiembre del 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 263-2011-GRU-P-VP-ORDN- SC-DC de fecha 17.MAY.2011 del Gobierno Regional de Ucayali, el Informe Técnico Nº 022-2011-INDECI/DNPE/ EPEFT del 23.JUN.2011, el Informe Técnico Nº 022- 2011-INDECI/14.0 del 23.JUN.2011, y el Memorándum Nº 458-2011-INDECI/14.0 del 02.SET.2011 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con el Ofi cio de Vistos, el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali remitió cinco (05) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencia, referidas al alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de las carreteras departamentales Campo Verde - Nueva Requena, Neshuya - Curimana, Campo Verde - Tournavista (L.D. Huánuco), Huipoca - Santa Rosa, y Boquerón - Shambillo – Shambo, en el departamento de Ucayali, afectadas por intensas lluvias, producidas el 14 de febrero de 2011, que interrumpieron la transitabilidad vehicular y peatonal en las mencionadas carreteras; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 022- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Fichas Técnicas presentadas por el Gobierno