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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de octubre de 2011 451734 Huancavelica para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 6º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, a la Municipalidad Distrital de Rosario, Provincia de Acobamba, Departamento de Huancavelica, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 704236-1 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 210-2011-INDECI 2 de setiembre del 2011 VISTOS: El Ofi cio Nº 213-2011-GR APURIMAC/PR de fecha 03.May.2011, del Gobierno Regional de Apurímac, el Ofi cio Nº 442-2011-EF/63.01 de fecha 15.Jun.2011 de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Ofi cios Nº 098- 2011-PCM/OGPP-OPI de fecha 28.Jun.2011 y Nº 102- 2011-PCM/OGPP-OPI de fecha 02.Jul.2011 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, y el Memorándum Nº 456-2011- INDECI/14.0 del 02.Set.2011 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, asimismo la mencionada Disposición exceptúa de la declaración de viabilidad y autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad, propuesta por la Dirección General de Programación Multianual – DGPM del Sector Público, como requisito previo a la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2010- EF/15, se aprobó la Directiva Nº 001-2010-EF/68.01, “Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud”, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, mediante el Ofi cio Nº 213-2011-GR APURÍMAC/ PR, de Vistos, el Presidente del Gobierno Regional de Apurímac remite dos (02) Fichas Técnicas PIP de Emergencia por Desastres de Gran Magnitud al Director General de Política Multianual del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con el Ofi cio Nº 442-2011-EF/63.01, de Vistos el Director General de la Dirección General de Políticas de Inversiones – DGPI del Ministerio de Economía y Finanzas, informa al Director General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, que ha sido declarado elegible una (01) Ficha Técnica de Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, presentada por el Gobierno Regional de Apurímac, según se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución, por el monto de S/. 941 270,00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante los Ofi cios Nº 098-2011-PCM/OGPP- OPI y Nº 102-2011-PCM/OGPP-OPI de Vistos, el Director General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, remitió al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, el Informe Técnico Nº 39-2011- PCM/OGPP-OPI, de fecha 24.Jun.2011 que aprueba el Proyecto de Inversión Pública de Emergencia denominado “Rehabilitación del Puente Pampatama, distrito de Tintay, Provincia de Aymaraes – Región Apurímac”, por el monto de S/. 941 270,00 (NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES), solicitado por el Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, señalando que será fi nanciado con recursos de la reserva de contingencia, establecidos en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011; Que, mediante el Ofi cio Nº 2650-2011/INDECI/4.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, solicita al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación del Decreto Supremo que permitirá atender el requerimiento solicitado por el Gobierno Regional del Departamento de Apurímac; Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, mediante el Decreto Supremo Nº 161-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de S/. 2 659 177,00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa