Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de setiembre de 2011 449272 Julio, Aviación, México y Prol. Huanuco. Dicho Plan está conformado por los siguientes lineamientos: recuperar el espacio público, limpieza y saneamiento, recuperación del equipamiento urbano y mejoramiento del ornato, así como prevención de riesgos. Asimismo, constituyen los objetivos de dicho Plan: mejorar las condiciones de accesibilidad a esta zona, brindar un clima de seguridad tanto a los trabajadores y empresarios, así como al público en general, mejorar el ambiente urbano, elevar el nivel de la promoción y el desarrollo económico. De esta forma, se señala en el citado Plan que a fi n de ejecutar a cabalidad el mismo se necesita del trabajo conjunto y la participación activa de la Policía Nacional del Perú, la Fiscalía de la Nación y otras entidades e instituciones competentes en la materia, así como de las gerencias de Desarrollo Urbano, de Seguridad Ciudadana, de Servicios a la Ciudad, de Fiscalización y Control y de Desarrollo Económico de la Municipalidad; Que, en ese mismo sentido la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante informes de vistos indica que en relación al Plan de Recuperación del Damero de Gamarra corresponde a sus atribuciones y a la Subgerencia de Defensa Civil que se encuentra a su cargo: inspeccionar y fi scalizar intensivamente las distintas galerías de la zona, verifi car el cumplimiento de los requerimientos mínimos de seguridad a fi n de minimizar riesgos, verifi car el cumplimiento de las observaciones de Defensa Civil bajo sanción de cierre y multa de aquellos establecimientos que no cumplan con subsanar las observaciones formuladas, señalizar las zonas de seguridad y las rutas de evacuación para el público, así como las rutas de ingreso de los equipos de emergencia. Asimismo, señala que corresponde a sus funciones y de las subgerencias a su cargo en coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad: efectuar la limpieza general y baldeo de las pistas y veredas del Damero de Gamarra, la limpieza y pintado de postes, limpieza y mantenimiento de tachos de basura, tratamiento de calzadas, aceras, retiros y vías peatonales, retirar elementos publicitarios y otros adheridos a las fachadas que no cuenten con autorización, realizar un plan de señalización para vías y centros comerciales complementándolo con el servicio de información, así como la reparación de calzada y veredas del Jr. Gamarra, cuadras 4 a la 13. Todo esto con el objeto de mejorar las condiciones de sanidad del Damero de Gamarra en benefi cio de los trabajadores, empresarios y público concurrente, así como para recuperar el equipamiento urbano y mejoramiento del ornato, según indica en sus informes de vistos; Que, en atención a lo expuesto la Subgerencia de Defensa Civil mediante informes de vistos señala que ha comprobado el crecimiento informal y desordenado existente hoy en día en el emporio comercial de Gamarra, haciendo un análisis de la problemática y proponiendo estrategias de solución, para lo cual manifi esta que resulta necesario restringir el acceso del público al Damero de Gamarra zona A por el término de 24 horas, dejando libres los ingresos peatonales ubicados en Prol. Gamarra con la Avenida 28 de Julio, Prol. Gamarra con la Avenida México, Prol. Huánuco con Jr. Humboldt y Prol. Huánuco con Jr. Hipólito Unanue, para el acceso de propietarios, trabajadores y conductores de los establecimientos formales de la zona. Esto con el objeto de permitir la ejecución del Plan de Recuperación antes indicado. Asimismo, la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, mediante Informe de vistos ha formulado una propuesta de participación en el reordenamiento de Gamarra, como es la revisión de edifi caciones de obras y la limpieza de los techos en dicha zona; Que, en concordancia con lo expuesto la Subgerencia de Obras Públicas, Tránsito y Transporte ha solicitado a las empresas Luz del Sur y Telefónica del Perú, mediante Ofi cios de vistos, la reestructuración y mejoramiento del cableado de las redes de electricidad y telefonía, respectivamente, en el Damero de Gamarra, por cuanto su actual distribución es casi en su totalidad aéreo y se ha transformado prácticamente en una telaraña, originando verdadero caos y desorden de las mismas, lo cual atenta contra el ornato y la seguridad de la zona; Que, debe mencionarse que mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2007-MDLV de fecha 23 de octubre de 2007, se dispuso por razones de seguridad la restricción temporal del acceso peatonal y vehicular al Damero de Gamarra Zona A, en mérito a similares considerandos que se sustentan en análogas situaciones fácticas que hoy en día se presentan en la misma zona, obteniéndose en aquella oportunidad resultados favorables que permitieron el reordenamiento del Damero de Gamarra Zona A; Que, conforme lo establece el artículo 42º de la Ley Nº 27972 los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a los fundamentos expuestos, a las normas legales glosadas y en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – y contando con el visto bueno de las gerencias indicadas en vistos; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el reordenamiento integral de la zona A del Damero de Gamarra conformada por la Av. 28 de Julio, Av. Aviación, Av. México y Prol. Huánuco del distrito de La Victoria, para lo cual se aprueba la ejecución del “Plan de Recuperación del Damero de Gamarra Zona A”, el cual forma parte integrante del presente decreto como Anexo Nº 1. Artículo 2º.- Restringir temporalmente el acceso peatonal y vehicular en el indicado Damero de Gamarra zona A por el término de 24 horas, dejando libres los ingresos peatonales ubicados en Prol.Gamarra con la Av. 28 de Julio, Prol. Gamarra con la Av. México, Prol. Huánuco con Jr. Humboldt y Prol. Huánuco con Jr. Unanue, a fi n de permitir el acceso de propietarios, trabajadores y conductores de los establecimientos formales de la zona. Asimismo, se precisa que se encuentran exceptuados de la presente restricción, el personal y los vehículos de la Municipalidad de La Victoria, así como de las entidades gubernamentales y no gubernamentales competentes que participarán en la ejecución del Plan de Recuperación de la citada zona. Artículo 3º.- Queda establecido que el plazo mencionado en el artículo anterior podrá extenderse en caso de que las circunstancias lo ameriten. Artículo 4º.- Encargar a las gerencias de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Fiscalización y Control, Seguridad Ciudadana, Servicios a la Ciudad, así como a las subgerencias a su cargo, el efi caz cumplimiento del presente decreto, así como la ejecución de las acciones coordinadas que resulten pertinentes. Artículo 5º.- Solicitar el apoyo correspondiente al Ministerio Público, a la Policía Nacional del Perú y a las entidades e instituciones competentes que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 6º- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la efectiva difusión del presente dispositivo legal y a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del presente Decreto y del Anexo Nº 1 en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 684233-1 Prorrogan vigencia de beneficio tributario otorgado mediante Ordenanza Nº 133-2011/MLV DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2011-ALC/MLV La Victoria, 31 de agosto de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el Memorándum Nº 439-2011-GR-MDLV de fecha 26 de agosto de 2011 de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el