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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de setiembre de 2011 449276 Que, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales presenta como Moción de Orden del Día el Proyecto de Ordenanza del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011; para el día 15 de Octubre del presente año por motivo del Aniversario del Distrito de La Perla; estando con las opiniones favorables de la Sub Gerencia de Registro Civil mediante el Informe Nº 039- 2011-SGRC-MDLP, de la Gerencia de Secretaría General mediante el Memorandum Nº 374-2011-GSG-MDLP y el Informe Nº 204-2011-GSG-MDLP y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Memorandum Nº 943-2011- GAJ/MDLP; Que, de conformidad con el artículo 34º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP donde dice expresamente “que solo los proyectos que cuenten con Informes o Dictámenes de Comisiones o hayan sido dispensados del trámite de comisiones pasarán a la estación de orden del día para su discusión y votación”; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales, pase a Orden del día para su debate y votación; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º incisos 8,9,artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los (as) Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2011 para el día 15 de Octubre del presente año, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, así como la exoneración del acto de celebración y exámenes pre nupcial. Artículo Segundo.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos: a) Partidas de Nacimiento Original actualizadas. b) Copia Fedatizada del DNI. c) Declaración Jurada de Domicilio d) Certifi cado Pre Nupcial ( Grupo Sanguíneo, Factor RH,VDRL o RPR y consejería VIH) e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberán adjuntar los documentos adicionales, según el caso. establecido en el TUPA vigente f) Foto tamaño carné o pasaporte (actualizada). g) Declaración Jurada de Soltería ante Notario Público. h) Copia Simple del DNI de los dos Testigos. Artículo Tercero.- Dispensar el plazo de la publicación de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen en el II Matrimonio Civil Comunitario 2011 en concordancia a lo dispuesto en el artículo 252° del Código Civil. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General a través de la Sub Gerencia de Registro Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 684299-1 Prorrogan plazo para el pago de Arbitrios Municipales correspondiente a la octava cuota mensual 2011 ORDENANZA Nº 015-2011-MDLP La Perla, 25 de agosto del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 25 de Agosto del 2011, la Moción de Orden del Día presentada por la Señora Presidenta de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de prorróguese el vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo); y, CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 013-2011-MDLP, se prorrogó, en todos sus efectos, la vigencia de la Ordenanza Nº 010-2011-MDLP, hasta el 30/09/2011; Que, mediante Memorándum Nº 349-2011-GAT- MDLP la Gerencia de Administración Tributaria, remite el Proyecto de Ordenanza a la Gerencia de Asesoría Jurídica solicitando opinión legal fundamentado sobre la prórroga de vencimiento de la octava cuota mensual de los arbitrios municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo 2011) con fecha 17- 08-2011 fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 013-2011-MDLP la misma que consideró la prórroga del vencimiento de la primera hasta la sétima cuota mensual de arbitrios 2011, en el proyecto remitido por la suscrita no se consideró la prórroga de la vigencia de la octava cuota mensual de arbitrios 2011 la cual tiene como fecha de vencimiento el 31-08- 2011, habiéndose prorrogado la fecha de vencimiento de la primera a la sétima cuota mensual de arbitrios 2011 hasta el 30-09-2011 resulta justo y conveniente para nuestros contribuyentes se prorrogue también la octava cuota mensual de arbitrios hasta la fecha 30- 09-2011 establecida en la Ordenanza Nº 013-2011- MDLP; Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, en el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ofi cio Nº 202-2011-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldía remite la documentación a la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto para que emita el dictamen correspondiente; Que, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, presenta como Moción de Orden del Día el Proyecto de Ordenanza de prorróguese el vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo); estando con las opiniones favorables de la Gerencia de Administración Tributaria mediante el Memorándum Nº 349-2011-GAT-MDLP; de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 388-2011- GAJ-MDLP; y de Gerencia Municipal mediante Informe Nº 112-2011-GM-MDLP; Que, de conformidad con el artículo 34º del Reglamento Interno de Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP donde dice expresamente “que solo los proyectos que cuenten con Informes o Dictámenes de comisiones o hayan sido dispensados del trámite de comisiones pasarán a la estación de orden del día para su discusión y votación”; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, pase a Orden del día para su debate y votación; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Artículo 9º numeral 9, Artículos 38º, 39º, y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNANIME de los señores (as) Regidores (as),