Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2011 (01/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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la normatividad legal vigente, por lo que considera procedente la conformacion del Comite de Saneamiento Contable para esta Municipalidad, debiendose emitir la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Estando al Informe N° 784-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Articulo 20° de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero,- CONFORMAR el Comite de Saneamiento Contable de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, el mismo que estara integrado por los siguientes funcionarios: - El Gerente de Administracion y Finanzas, quien lo Presidira. - El Subgerente de Contabilidad y Costos. - El Subgerente de Tesoreria. - El Subgerente de Abastecimientos. - El Jefe del Organo de Control Institucional, en calidad de veedor. Articulo Segundo.- EL COMITE de Saneamiento Contable, actuara conforme a la Directiva N° 003-2011EF/93.01 "Lineamientos Basicos para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico" y tendra las siguientes funciones: a) Proponer al Titular de la entidad publica las politicas, cuentas y procedimientos contables sujetos a las acciones de saneamiento para su aprobacion. b) Requerir a las areas responsables de la Municipalidad involucradas en el MORDAZA de saneamiento contable, la informacion necesaria con las recomendaciones para el saneamiento contable sustentado con la documentacion pertinente para la revision, analisis y depuracion de las cuentas contables que correspondan, proponiendo la modalidad de registro contable con sujecion a lo determinado por la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, de acuerdo a lo senalado en el numeral 8 de la presente Directiva N° 003-2011-EF/93.01. c) Disponer con Acuerdo en Acta y luego de la revision, analisis y depuracion, el registro de las acciones de saneamiento contable. d) Sustentar documentada y fehacientemente las actividades de saneamiento contable. e) Proponer la ejecucion de las acciones de saneamiento contable en el MORDAZA de las politicas, las cuentas y procedimientos contables. f) Efectuar el monitoreo permanente de la ejecucion de las acciones de saneamiento contable asi como elaborar y presentar el Informe de Avance de la Implementacion al Titular del Pliego, quien reportara a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica y a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica segun los plazos establecidos en el Articulo 4° de la Ley N° 29608. g) Otras funciones que le asigne el Titular de la entidad en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley N° 29608. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la remision de la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas para su conocimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Subgerencia de Contabilidad y Costos, a la Subgerencia de Tesoreria y al Subgerente de Abastecimientos el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 684240-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Autorizan celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2011
ORDENANZA Nº 014-2011-MDLP La MORDAZA, 25 de agosto del 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 25 de Agosto del 2011, la Mocion de Orden del dia presentado por el Senor Presidente de la Comision Ordinaria de Servicios Sociales, sobre el Proyecto de Ordenanza del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2011; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru establece que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociendoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Codigo Civil en su articulo 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 234° del Codigo Civil senala que el matrimonio es la union voluntaria concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de este codigo a fin de hacer MORDAZA en comun; Que, el articulo 9° numeral 9 de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley en concordancia con el articulo 40° de la acotada MORDAZA legal; Que, existen en el Distrito de La MORDAZA, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil; Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica; Que, la Sub Gerencia de Registro Civil a traves del Informe Nº 039-2011-SGRC-MDLP, remite el Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario 2011; para el dia 15 de Octubre del presente ano, por el 47° Aniversario de Creacion Politica del Distrito de La Perla; Que, mediante Memorandum N° 374-2011-GSGMDLP la Gerencia de Secretaria General solicita a la Gerencia de Asesoria Juridica opinion legal sobre el Proyecto de Ordenanza del II Matrimonio Civil Comunitario programado para el dia 15 de Octubre del presente ano; Que, mediante Memorandum Nº 943-2011-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es procedente la realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario ­ 2011 para el dia 15 de Octubre del presente ano exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre- nupciales en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobacion mediante la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 204-2011-GSG-MDLP la Gerencia de Secretaria General, remite la documentacion al Despacho de Alcaldia, para ser elevado al Pleno del Concejo; Que, mediante Oficio Nº 197-2011-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA senalada a la Comision Ordinaria de Servicios Sociales, para la elaboracion del Dictamen correspondiente;

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