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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (03/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de setiembre de 2011 449424 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad San Martín de Porres cumple con lo previsto en la Ley Nº 23733, respecto a la creación y organización del Doctorado en Ingeniería de Sistemas de Información COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0899-2011-ANR Lima, 11 de agosto de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nºs. 175 y 255-2011-SG-USMP, de fechas 05 de abril y 05 de mayo de 2011, respectivamente, informe Nº 110-2011-DGDAC de la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de fecha 08 de julio de 2011 y memorando Nº 694-2011-SE de fecha 13 de julio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que la creación de nuevas carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad, acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad San Martín de Porres, hace de conocimiento la creación de nuevas Carreras Profesionales en las secciones de pregrado y nuevas Especialidades en la Escuela de Posgrado, adjuntando para dicho efecto sendas Resoluciones Rectorales y los planes curriculares: Carreras Profesionales: • Escuela Profesional de Administración Logística, en la Facultad de Ciencias Administrativas y Recursos Humanos. Resolución Rectoral N° 352-2011-AU-R-USMP. • Segunda Especialidad en Métodos Informáticos aplicados a la Gestión Empresarial, en la Facultad de Ciencias Administrativas y Recursos Humanos. Resolución Rectoral N° 353-2011-AU-R-USMP. Maestrías: • Maestría en Psicología Clínica de Niños. La Resolución Rectoral no ha sido adjuntada por la Universidad • Maestría en Psicología de Niños y Adolescentes con Problemas de Aprendizaje. Resolución Rectoral N° 349- 2011-AU-R-USMP. Ambos proyectos en la sección de posgrado de la Facultad de Ciencias de la Comunicación, Turismo y Psicología. • Maestría en Métodos Informáticos aplicados a la Gestión Empresarial (MIAGE). Resolución Rectoral N° 351- 2011-AU-R-USMP. Respecto al Plan de Estudios, no ha ingresado a la Institución. • Maestría en “Regulación de Servicios Públicos” con especialización en Telecomunicaciones o Energía o Saneamiento o Infraesctructura de Transporte. Resolución Rectoral N° 350-2011-AU-R-USMP. Ambos proyectos en la sección de posgrado de la Facultad de Ciencias Administrativas y Recursos Humanos. Doctorado: • Doctorado en Ingeniería de Sistemas de Información en la Sección de Posgrado de la Facultad de Ingeniería y Arquitectura. Resolución Rectoral N° 346-2011-AU-R-USMP; Que, asimismo, comunica de la creación del Instituto de Consumo, adscrito a la Facultad de Ciencias Administrativas y Recursos Humanos, mediante Resolución Rectoral N° 354-2011-AU-R-USMP; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación precisa que la Resolución Rectoral que aprueba la creación de la Maestría en Psicología Clínica de Niños, no acompaña a su respectivo expediente. Así como los proyectos de creación de la Maestría en Métodos Informáticos aplicados a la Gestión Empresarial (MIAGE) y la Segunda Especialidad en Métodos Informáticos Aplicados a la Gestión Empresarial en la Facultad de Ciencias Administrativas, no han sido recepcionados en dicha Dirección; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, expresa que habiendo realizado la evaluación de cada uno de los proyectos presentados, de los cuales el Proyecto de Creación del Doctorado en Ingeniería de Sistemas de Información, acredita la opinión favorable de la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento con lo previsto en la Ley Universitaria N° 23733; Que, asimismo, expresa que los Proyectos cuya evaluación no han alcanzado la opinión favorable, deberán ser reformulados de acuerdo a los términos de evaluación; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e), dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, por la que aprueba el proyecto de DOCTORADO EN INGENIERÍA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN y, a su vez, devolver los expedientes correspondientes a Carreras Profesionales, Maestrías y el del Instituto de Consumo a la Universidad San Martín de Porres, para su reformulación, según documentos; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en la Ley Universitaria Nº 23733 y en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad San Martín de Porres, cumple con lo previsto en el artículo 13° y el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización del DOCTORADO EN INGENIERÍA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, comunicar y devolver los expedientes correspondientes a Carreras Profesionales, Maestría y el del Instituto de Consumo a la Universidad San Martín de Porres, para su reformulación de acuerdo a los términos de evaluación. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la ANR. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 684638-1