NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (06/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 16
TEXTO PAGINA: 13
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011 449523 Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2011, estableció en su quincuagésima quinta disposición fi nal, la incorporación de ESSALUD al ámbito presupuestal regulatorio de FONAFE, así como a las Empresas ESVICSAC y SILSA, por constituir inversiones con una participación accionaria mayoritaria de ESSALUD; Que, en consideración de lo establecido en el párrafo anterior se hace necesario modifi car la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, así como aprobar los Anexos de la misma para su aplicación para el año 2012; Que, la Gerencia de Operaciones a través del Memorando Nº 191-2011/GO-FONAFE ha determinado la necesidad de modifi car los numerales 1.3, 1.4, 1.5, 2.1.4 y 2.2. de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, así como los lineamientos y políticas a que se hace referencia en el Anexo Nº 1 de la mencionada Directiva, la estructura de informe de formulación del Plan Operativo y Presupuesto del año 2012 que fi guran en el Anexo Nº 3, los cronogramas de presentación, sustentación y aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las empresas del año 2012 que contempla el Anexo Nº 5; Que, adicionalmente a lo solicitado en el párrafo anterior, la Gerencia de Operaciones solicita a través del documento presentado, la aprobación de los formatos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE; Que, como parte de las facultades delegadas a la Dirección Ejecutiva de FONAFE mediante el Acuerdo de Directorio Nº 007-2011/019-FONAFE, ésta se encuentra facultada para realizar, en caso se requiera, las precisiones y/o modifi caciones a la Directiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación de los numerales 1.3; 1.4; 1.5; 2.1.4 y 2.2. de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, conforme a los textos siguientes: “1.3. Ámbito La presente Directiva es aplicable a las empresas bajo el ámbito de FONAFE, a aquellas empresas cuyos títulos representativos de capital social se encuentren bajo la administración de FONAFE, y a las empresas en las que la representación en las Juntas de Accionistas haya sido delegada a favor de FONAFE. Asimismo se encuentran comprendidas las entidades públicas que por mandato de norma legal se incorporen al ámbito regulatorio de FONAFE. Se encuentran exceptuadas de la aplicación de la presente Directiva, las Empresas que se encuentran no operativas y las que se encuentren en proceso de disolución y liquidación o concesión, así como las que se encuentran sometidas a procedimiento concursal en trámite ante el INDECOPI. 1.4. Defi niciones Para efecto de la aplicación de la presente Directiva, debe entenderse por: (……) s) Entidad(es): Instituciones y Organismos públicos que por mandato de norma expresa se encuentren en el ámbito regulatorio de FONAFE. 1.5. Principios Presupuestarios (….) i) Flexibilidad. La fl exibilidad constituye un principio que contribuye a la administración del presupuesto como un instrumento dinámico de gestión, en razón de que el presupuesto es una previsión dinámica vinculada al desempeño de la gestión empresarial. 2.1.4 Lineamientos específi cos (….) B. Gastos de Personal El Proyecto de presupuesto de personal se elaborará sobre i) la base de las plazas del CAP aprobadas distinguiendo entre las ocupadas y las que se encuentren por ocupar y, ii) aquellos contratos sujetos a modalidad aprobados por el Directorio de FONAFE y sólo por la vigencia de dichos contratos. Cualquier ampliación de plazo deberá ser aprobado expresamente por el Gerente General de la empresa, o el que haga sus veces, bajo responsabilidad, salvo aquellos contratos en los que el Directorio de FONAFE haya aprobado la suscripción de dichos contratos estableciendo límite de tiempo. En cuanto a los cambios de modalidad, éstos deberán ser aprobados por el Directorio de FONAFE. Se podrán presupuestar horas extras únicamente para el personal que realiza labores vinculadas estricta y directamente al proceso productivo de la Empresa. La empresa podrá formular gastos para eventos y celebraciones institucionales, de acuerdo a políticas que apruebe su Directorio, en un marco de racionalidad y austeridad. El rubro Dietas del Directorio deberá considerar el número de Directores según Estatuto, así como el monto de dietas vigente. De corresponder, se registrará el pago variable al que hace referencia el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo 1031, siempre y cuando se cumplan los supuestos allí citados. El Presupuesto Analítico de Personal – PAP deberá contener como número máximo de trabajadores el mismo que considere el CAP. C. Servicios de Terceros c.1 Servicio de Telefonía Los presupuestos para servicios de telefonía móvil servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado) asignados a los trabajadores de la Empresa, no deberán exceder de los dos mil setecientos y 00/100 nuevos soles (S/. 2 700.00) anuales por equipo incluyendo el alquiler de los mismos. No se podrá asignar más de un equipo por persona. A los Presidentes de Directorio y Gerentes Generales o equivalentes, no le es aplicable la restricción de gasto señalada. El Directorio de la Empresa dictará las políticas internas para el uso de equipos móviles. 2.2. Presentación Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto serán presentados en los plazos que apruebe la Dirección Ejecutiva de FONAFE, y deberán: - Contar con la aprobación del Directorio de la Empresa. En el caso de no contar con el quórum necesario en el Directorio, el Gerente General podrá aprobarlos, con cargo a dar cuenta a su Directorio en la siguiente sesión. - Estar suscritos por el Gerente General y contar con el visto del responsable de presupuesto en la empresa.” Artículo Segundo.- Aprobar los Lineamientos y Políticas a que hace referencia en el Anexo 1 de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aplicables para el año 2012, cuya copia se adjunta. Artículo Tercero.- Aprobar la modifi cación de los anexos que se detallan y que forman parte de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, cuya copia se adjunta: - Anexo 3: La estructura de Informe de Formulación del Plan Operativo y Presupuesto del año 2012. - Anexo 5: Cronogramas de presentación, sustentación y aprobación del Plan Operativo y Presupuesto para el año 2012. Artículo Cuarto.- Aprobar los formatos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, cuyas copias se adjuntan. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Operaciones publique la presente Resolución en el boletín de normas legales del Diario Oficial “El Peruano”. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo publique la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, y los Formatos y Anexos aprobados en el Portal web de FONAFE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo 686418-1