NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (06/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 16
TEXTO PAGINA: 2
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011 449512 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Res. Nº 120-2011-DV-PE.- Aceptan renuncia de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA 449522 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Res. N° 047-2011/DE-FONAFE.- Modifi can la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito del FONAFE, aprueban Lineamientos y Políticas aplicables para el año 2012 y formatos 449522 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Res. Nº 15-2011-GS/OSITRAN.- Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Lima Airport Partners S.R.L. 449524 Res. Nº 17-2011-GS/OSITRAN.- Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” presentado por Aeropuertos del Perú S.A. 449524 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 9439-2011.- Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de ofi cinas especiales en los departamentos de Amazonas, Junín, Lima, Puno y San Martín 449525 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza Nº 094-2011-MDP/C.- Declaran zonas restringidas para cualquier tipo de manifestación o concentración pública en el distrito 449525 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA R.A. Nº 310-2011-MDLP-ALC.- Designan Procurador Público Municipal 449526 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2011-PCM Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; Que el numeral 26.1 del artículo 26º de la Ley Nº 28664, dispone que el Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI es designado por el Presidente Constitucional de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Gustavo Indacochea Alvarez como Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 686417-2 AGRICULTURA Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de diversas mercancías pecuarias de origen y procedencia Chile, Irlanda e Italia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2011-AG-SENASA-DSA La Molina, 5 de septiembre de 2011 VISTO: Los Informes Nº 424, 438, 457 y 473-2011-AG-SENASA- SCA-DSA, de fechas 21 de julio, 02, 12 y 19 de agosto de 2011, respectivamente, y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, asimismo, el Artículo 9° de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008-AG, los requisitos fi to y zoosanitarios se publican en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi can a la Organización Mundial del Comercio-OMC; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria,