Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2011 (06/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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de los miembros de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y Civiles, asi como para otorgar los beneficios por muerte, invalidez temporal y permanente para los "Defensores de la Patria", que participaron como Combatientes en la MORDAZA del Alto Cenepa, en los terminos siguientes: "Articulo 7º.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, nombrara las siguientes Comisiones:
a. De Calificacion de Combatientes y Defensores de la Patria: - Jefe de la Oficina de Asuntos Nacionales del CCFFAA - Jefe del Dpto. de Reconocimiento a los Defensores de la Patria de la OAANN - Un Oficial Superior representante del EP - Un Oficial Superior representante de la MGP - Un Oficial Superior representante de la FAP - Un Oficial Superior representante de la PNP - Un Oficial Superior Medico del EP - Un Oficial de la Oficina de Asuntos Nacionales - El Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del CCFFAA b. De la Calificacion para el Ascenso: - Jefe de la Oficina de Asuntos Nacionales del CCFFAA - Jefe del Dpto. de Reconocimiento a los Defensores de la Patria de la OAANN - Un Oficial Superior representante del EP - Un Oficial Superior representante de la MGP - Un Oficial Superior representante de la FAP - Un Oficial Superior representante de la PNP - Un Oficial de la Oficina de Asuntos Nacionales - Un Oficial Juridico del CCFFAA Presidente Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Secretario Asesor Legal Presidente Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Secretario Asesor Legal

Que, en el MORDAZA del MORDAZA de fortalecimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 048-2011, que dicta medidas en materia de contratacion publica para mejorar la eficiencia en el gasto publico, debe procederse a evaluar y ratificar, de corresponder, a los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el citado Decreto de Urgencia, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se estableceran los procedimientos para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion, de corresponder, de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, en tal sentido, es necesario aprobar el procedimiento para la evaluacion y ratificacion, de corresponder, de los miembros del citado Tribunal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 048-2011; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del procedimiento Apruebese el procedimiento para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion, de corresponder, de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Articulo 2º.- Inicio del MORDAZA de evaluacion El MORDAZA de evaluacion se inicia al dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Constitucion de la Comision Sectorial de Evaluacion Constituyase una Comision Sectorial de Evaluacion en el Ministerio de Economia y Finanzas, encargada de realizar el MORDAZA de evaluacion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, la misma que estara integrada de la siguiente manera: a) El Director General de la Direccion General de Asuntos de Economia Internacional, Competencia y Productividad, quien la presidira; b) El Director General de la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos; c) El Director de la Direccion de Normatividad, Metodologias y Capacitacion de la Direccion General de Politica de Inversiones; Los miembros de la Comision Sectorial de Evaluacion deberan instalarse dentro del plazo senalado en el articulo 2º, y ejecutaran su encargo en forma ad-honorem. Articulo 4º.- De las etapas del MORDAZA de evaluacion El MORDAZA de evaluacion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado tendra las siguientes etapas: a) Evaluacion curricular; b) Evaluacion de conocimientos; c) Evaluacion psicologica, psicometrica competencias; y, d) Entrevista personal.

Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

686417-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el procedimiento para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado
DECRETO SUPREMO Nº 163-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

y

de

Las etapas son eliminatorias. Los puntajes obtenidos en cada etapa no son acumulativos.

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