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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (09/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de setiembre de 2011 449642 De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; así como el Artículo 10º numeral 1) de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministro de Energía y Minas, Ing. Carlos Herrera Descalzi, a ausentarse del país, del 10 al 14 de setiembre de 2011, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los asuntos ofi ciales de la presente resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes y Tarifa Corpac US$ 2 027,46 Viáticos ($ 220 x 3 días) US$ 660,00 TOTAL US$ 2 687,46 Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Energía y Minas al Ministro del Ambiente, Sr. Ricardo Giesecke Sara Lafosse, a partir del 10 de setiembre de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no genera derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 688294-2 Designan miembro del Consejo Directivo del INDECOPI, en representación de la PCM, quien lo presidirá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 260-2011-PCM Lima, 8 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 255-2010- PCM, se designó al señor Eduardo Maximiliano Antonio de la Piedra Higueras como miembro del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien a su vez lo presidiría; Que, el referido funcionado de conformidad con el último párrafo del numeral 6.3 del artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI fue designado como reemplazante para completar el período correspondiente, el cual ha culminado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien a su vez presidirá dicho Consejo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 688294-3 Declaran que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para la transferencia de funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 492-2011-PCM/SD Lima, 15 de agosto de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 015-2011-PCM/SD- OTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, que dicta normas para la ejecución de la transferencia de funciones sectoriales al Régimen Especial de Lima Metropolitana, comprendidas en los planes anuales de transferencia y el Informe Nº 036-2011- PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 33º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, el artículo 65º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 151º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre el Régimen Especial de Lima Metropolitana, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 006-CND-P- 2006, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Comisión Bipartita de Transferencia se instaló el 31 de mayo de 2007, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de la Resolución Ministerial Nº 138-2007-PCM y de la Resolución de Alcaldía Nº 760 de 2007 derogada con la Resolución de Alcaldía Nº 045-2009; con el objeto de realizar las transferencias de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modifi cada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima y se consideró, en el Grupo I de Transferencia, las funciones