Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2011 (09/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

449654
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2011

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-2011SA, del 30 de junio de 2011, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, en el cual estan consignados, entre otros, el cargo de Asesor de Alta Direccion, Nivel F-5, de la Secretaria General del Ministerio de Salud, cuya plaza cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar en el cargo MORDAZA citado al profesional propuesto; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276, el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Licenciado en Administracion de Empresas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Asesor de Alta Direccion, Nivel F-5, de la Secretaria General del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 688275-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse entre el Ministerio, - PROINVERSION y Aeropuertos Andinos del Peru S.A., por la inversion de MORDAZA Investment Holding S.A.C. de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 632-2011-MTC/02 MORDAZA, 5 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 662, con el solo requisito de haber presentado ante el Organismo Nacional Competente, entiendase PROINVERSION, el Formulario Preliminar de Inversion, y; con anterioridad o dentro de los doce (12) meses siguientes a la obtencion del titulo habilitante, el referido Organismo Nacional Competente, en representacion del Estado, podra celebrar convenios de estabilidad juridica con los inversionistas; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1011 que modifica el Articulo 10 del Decreto Legislativo Nº 662 y el Articulo 38 del Decreto Legislativo Nº 757, e incorpora el supuesto de suscripcion de Convenios de Estabilidad Juridica con posterioridad a la obtencion del Titulo Habilitante, aprobado por Decreto Supremo N° 148-2008EF, establece que las solicitudes se presentaran ante PROINVERSION, entidad que evaluara el cumplimiento de los requisitos, luego de lo cual remitira el proyecto de Convenio al Sector, el cual debera emitir opinion, comunicando a traves de la emision de una MORDAZA autenticada por el fedatario de su Sector, la Resolucion

Ministerial que designe a la persona que suscribira el convenio en representacion del Sector; Que, en acto publico realizado el 07 de setiembre de 2010, se adjudico la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos Regionales de la Republica del Peru, al Consorcio Aeropuertos Andinos del Peru integrado por las empresas MORDAZA Investment Holding S.A.C de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de MORDAZA, que de conformidad con lo previsto en las Bases del Concurso de Proyectos Integrales MORDAZA referido, ha constituido la sociedad concesionaria denominada Aeropuertos Andinos del Peru S.A., para que actue como contraparte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el Contrato de Concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos Regionales de la Republica del Peru; Que, con fecha 05 de enero de 2011, se suscribio el Contrato de Concesion del MORDAZA Grupo de Aeropuertos Regionales de la Republica del Peru, entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A.; Que, con fecha 23 de diciembre de 2010 y 05 de MORDAZA de 2011, la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A. solicito ante PROINVERSION la suscripcion de un Convenio de Estabilidad Juridica, al comprometerse a emitir acciones de su capital social por el monto ascendente a la suma US$ 6,100,000,00 (Seis Millones Cien Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) a favor de MORDAZA Investment Holding S.A.C de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de MORDAZA, en calidad de inversionistas; Que, mediante Oficio Nº 203-2011-DSI/ PROINVERSION, la Direccion de Servicios al Inversionista de PROINVERSION, solicito que se emita conformidad al proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con la empresa receptora Aeropuertos Andinos del Peru S.A. por el aporte senalado en el parrafo precedente; Que, a efectos del Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con Aeropuertos Andinos del Peru S.A., los inversionistas MORDAZA Investment Holding SAC de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de MORDAZA, presentaron el 12 de enero de 2011, MORDAZA legalizada de la Minuta de Constitucion de fecha 22 de noviembre de 2010, en la que consta que el capital social suscrito de Aeropuertos Andinos del Peru S.A. asciende a S/. 17,122,700,00 (Diecisiete Millones Ciento Veintidos Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) representado por 17,122,700 acciones de un valor nominal de S/. 1.00 cada una y equivalente a US$ 6,100,000,00 (Seis Millones Cien Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) a un MORDAZA de cambio de S/. 2.807 de acuerdo a los registros de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del dia 19 de noviembre de 2010. Por lo tanto, se cumplio con el numeral 3.3.1 de la Clausula Tercera del Contrato de Concesion, en relacion al capital social minimo suscrito; conforme a lo senalado en el Informe Legal Nº 233-2011-OAJ-HMM e Informe Nº 32-2011-JTICI-DFPI/PROINVERSION; Que, mediante carta de fecha 04 de MORDAZA de 2011, Aeropuertos Andinos del Peru S.A. ha declarado como titulo habilitante el asiento contable de fecha 13 de diciembre de 2010 y se acredita que sus inversionistas MORDAZA Investment Holding S.A.C. de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de MORDAZA han efectuado un aporte de capital por el monto ascendente a US$ 2'000,000,00 (Dos millones y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) equivalente a S/.5,652,999,93 (Cinco Millones Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Novecientos Noventa y Nueve y 93/100 Nuevos Soles); conforme a lo senalado en el Oficio Nº 203-2011-DSI/PROINVERSION e Informe Legal Nº 233-2011-OAJ-HMM e Informe Nº 32-2011-JTICI-DFPI/ PROINVERSION; asi como por el Memorandum Nº 21352011-MTC/25 e Informe Nº 512-2011-MTC/25 emitidos por la Direccion General de Concesiones en Transportes; lo que permite al solicitante cumplir con lo establecido en el MORDAZA juridico legal vigente; Que, la empresa Concesionaria Aeropuertos Andinos del Peru S.A. ha cumplido con la MORDAZA de la informacion, documentacion y requisitos establecidos en la normativa de la materia, esto es, Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Decreto Legislativo Nº 1011 y su respectivo reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 1482008-EF; razon por la cual, resulta procedente aprobar la suscripcion del proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica remitido por PROINVERSION;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.