Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2011 (09/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 30 del Decreto Supremo Nº 162-92-EF y por el Decreto Supremo Nº 136-97-EF, la suscripcion de convenios de estabilidad juridica que realicen las empresas receptoras de inversion debera ser efectuada conjuntamente por el Ministerio del sector correspondiente, o quien este designe y por PROINVERSION; Que, para efectos de la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica con Aeropuertos Andinos del Peru S.A., el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participa en representacion del Estado Peruano; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en los articulos 6 y 7 literal k), que el Ministro de Transportes y Comunicaciones es la mas alta autoridad politica del Sector, encontrandose facultado a delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su cargo, disponiendo en el articulo 9, literal j), dentro de las atribuciones que correspondan a los Viceministros, aquellas que el Ministro les delegue en el ambito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Convenio MORDAZA referido, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Decreto Legislativo Nº 662, Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 162-92-EF, Ley Nº 27342, Decreto Legislativo Nº 1011 y Decreto Supremo Nº 148-2008-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, PROINVERSION y la empresa Aeropuertos Andinos del Peru S.A., por la inversion de MORDAZA Investment Holding S.A.C. de Peru y Corporacion MORDAZA S.A. de Argentina. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 687188-1

Aprueban tasaciones de predios ubicados en los distritos de Tambo de MORDAZA y El MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 633-2011-MTC/02 MORDAZA, 6 de setiembre de 2011 Visto: La Nota de Elevacion No. 224-2011-MTC/20, sobre aprobacion de tasaciones de dos (02) predios afectados por el Proyecto de la Red Vial No. 6 MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los articulos 2 y 3 de la citada Ley No. 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA -, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y

Comunicaciones, y que el precio que se pagara por todo concepto a los propietarios via trato directo sera el monto del valor comercial actualizado de los mismos, mas un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo No. 025-2006-VIVIENDA, se fusiono el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; mientras que por la Resolucion Ministerial No. 0102007-VIVIENDA, se dispuso que la Direccion Nacional de Construccion, en adelante DNC, del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley No. 23337 y en el Decreto Supremo No. 025-2006-VIVIENDA, sea el organo responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas publicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, PROVIAS NACIONAL, y el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal, COFOPRI, suscribieron el Convenio No. 021-2007MTC/20, modificado por las Adendas Nos. 001, 002 y 003, sobre Prestacion de Servicios para el Saneamiento Fisico Legal de los Predios en las Provincias de Canete-Chincha - MORDAZA - Ica, afectados por el Derecho de Via de la Red Vial No. 6, con el objeto de que COFOPRI desarrolle las acciones y tareas durante el MORDAZA de saneamiento fisico legal de ochocientos sesenta y dos (862) predios urbanos y rurales, incluyendo el diagnostico tecnico legal de los predios del pesaje - peaje afectados por el indicado Derecho de Via, asi como el diagnostico de los predios matrices e individuales; y liberacion de areas y saneamiento del area que comprende el Intercambio Vial de MORDAZA que se encuentra dentro del Derecho de via de la Red Vial No. 6; Que, asimismo, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la DNC, suscribieron el Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional No. 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboracion y la suma de esfuerzos institucionales en beneficio del desarrollo nacional, en aplicacion de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, con la finalidad de que la DNC efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, asi como de los ejecutados por los Contratos de Concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo Concesion o cualquier otra forma contractual que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo; Que, la clausula sexta del citado Convenio MORDAZA, dispone que para todos los servicios cuyos costos MORDAZA menores a tres (03) UIT, no se requerira de la suscripcion de un Convenio Especifico, lo cual debera ser solicitado y aceptado mediante Oficios; Que, mediante los Oficios Nos. 2352 y 2370-2010MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL solicito a la DNC las tasaciones correspondientes a doce (12) predios afectados por el Proyecto de la Red Vial No. 6 MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica; y, con los Oficios Nos. 551 y 553-2011/VIVIENDA-VMCS-DNC, la Direccion Nacional de Construccion remitio a PROVIAS NACIONAL los doce (12) informes tecnicos de tasacion respectivos; Que, con Memorandum No. 3776-2011-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, remite a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL, el Informe No. 05-2011CSP de la Asesora Legal de la Red Vial No. 6, en el que se manifiesta que luego de la revision efectuada a los citados informes tecnicos remitidos por la DNC, es necesario gestionar la aprobacion de la valuaciones comerciales correspondientes a dos (02) predios afectados por el Proyecto de la Red Vial No. 6 MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica, ubicados en los distritos de Tambo de MORDAZA y El MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, cuyos titulares tienen la calidad de propietarios; asimismo, conforme a dichos informes tecnicos, los referidos predios se encuentran inscritos en la Oficina Registral de Chincha; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL a traves del Informe No. 643-2011MTC/20.3, considera que es procedente continuar con el

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