NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (09/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de setiembre de 2011 449652 la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009-RE; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República César Enrique Bustamante Llosa, Cónsul General del Perú en Miami, Estados Unidos de América. Artículo 2°.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 013-2011-RE, de 28 de enero de 2011. Artículo 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada por Resolución Ministerial. Artículo 5º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 688294-8 Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, SUNAT, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio del Ambiente efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 347-2011-RE Lima, 8 de setiembre de 2011 VISTO: El ofi cio Nº 310-2011-MTC/09.01, de fecha 19 de julio de 2011, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2009 a la Unión Postal Universal (UPU); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de la cuota a la Unión Postal Universal (UIT) por parte Ministerio de Transportes y Comunicaciones está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Año Fiscal 2011 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2009 a la Unión Postal Universal (UPU), con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el pago de CHF 79,980.00 (Setenta y Nueve Mil Novecientos Ochenta y 00/100 Francos Suizos) a la Unión Postal Universal (UPU), correspondiente a la cuota del año 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 688294-9 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 348-2011-RE Lima, 8 de septiembre de 2011 VISTO: El oficio Nº 205-2011-SUNAT/1A0000, de fecha 08 de agosto de 2011, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al período comprendido entre el 1º de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012, al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) y a la Organización Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, el pago de cuotas al Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) y a la Organización Mundial de Aduanas (OMA) está previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales-Año Fiscal 2011 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) el pago de las cuotas correspondientes al período comprendido entre el 1º de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO EUROS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) 57,465.00 Organización Mundial de Aduanas (OMA) 22,757.44 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo