NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de setiembre de 2011 449722 setiembre de 2011, en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, se ha previsto llevar a cabo el evento “Diálogo de Políticas de Alto Nivel sobre Mujeres y la Economía en el APEC”; Que, según el Ofi cio RE (AFE) Nº 2-16/10, suscrito por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el mencionado evento presidido por la Secretaría de Estado de los Estados Unidos de América, se organiza como una especial oportunidad para reunir a los líderes del más alto nivel del sector público y privado que respalden el crecimiento equilibrado, inclusivo y sostenible en la región a través de la promoción de la potenciación económica de la mujer, razón por la cual dada la relevancia de los temas a tratar se recomienda la participación de la titular de los Sectores Mujer y Desarrollo Social, en aquel importante evento; Que, la participación de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social en el citado evento no irrogará gasto alguno al Tesoro Público; Que, es necesario encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo establecido en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora AÍDA DEL CARMEN JESÚS GARCÍA NARANJO MORALES, Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, del 15 al 17 de setiembre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera de la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a la Ministra de Educación, señora PATRICIA SALAS O’BRIEN, a partir del 15 de setiembre de 2011 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 688955-2 Designan Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 246-2011-PCM Lima, 9 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-DE se declaró de necesidad pública y preferente interés nacional el esquema de intervención estratégica integral denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene – Plan VRAE” y se constituyó el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE con el propósito de propiciar una intervención articulada de los distintos sectores y entidades del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2009-DE se modifi có el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 003-2007- DE disponiéndose que la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE se encuentre adscrita a la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de Ministros, debiendo el Secretario Ejecutivo ser designado mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que, por Resolución Ministerial Nº 350-2009-PCM, se designó como Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE al señor Fernan Valer Carpio; Que, el señor Fernan Valer Carpio ha formulado renuncia a dicho cargo la cual es pertinente aceptar; Que, es necesario designar al funcionario que ocupará el cargo de Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor FERNAN VALER CARPIO como Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor LUIS DOMINGO ROJAS MERINO como Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 688950-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal de Páramos y Cuencas del Jaén” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 486-2011-PCM/SD Lima, 4 de agosto de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 001 -2011-MMPCJ/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MDC de la Municipalidad Distrital Colasay; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDP de la Municipalidad Distrital Pomahuaca; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDSF de la Municipalidad Distrital San Felipe; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011-MDS de la Municipalidad Distrital Sallique; el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal de Páramos y Cuencas del Jaén”; y el Informe Nº 081-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el