Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2011 (10/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de setiembre de 2011

la Ordenanza Municipal Nº 002-2011-MDSDLC de la Municipalidad Distrital MORDAZA MORDAZA de La Capilla; el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan"; y el Informe Nº 0822011­PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Senor MORDAZA y Presidente de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan" solicita la inscripcion de esta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Callayuc, Pimpingos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de La Capilla, en la Provincia de Cutervo, en el Departamento de Cajamarca; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos contiene informacion sobre: Diagnostico: institucional, social y demografico; Gestion estrategica: vision, mision, ambito territorial, objeto, objetivos, horizonte de planeamiento y desarrollo economico local; Gestion descentralizada: estructura organica, competencias y funciones, provision de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinacion, cooperacion y colaboracion; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidacion institucional, desarrollo economico local, y capacidad de gestion; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Proteccion y conservacion del patrimonio ambiental y cultural, b) Construccion y mejoramiento de la infraestructura vial, c) Promocion de la participacion vecinal en el desarrollo local, d) Fomento de la inversion privada, el empleo y la competitividad productiva, e) Promocion del turismo sostenible y la cultura y f) Participacion en la gestion de los servicios de agua potable y alcantarillado; Que, en el ambito de las funciones, el Estatuto establece como delegacion de funciones especificas exclusivas: a) Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes, en MORDAZA con las politicas y planes provinciales, regionales y nacionales y b) Promover y organizar, conforme a ley, la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal. Adicionalmente, como delegacion de funciones especificas compartidas: a) Regular el turismo y conservacion de monumentos arqueologicos e historicos, en coordinacion con el organismo regional, y con las politicas nacionales impartidas a traves del gobierno, b) Difundir programas de saneamiento ambiental, en coordinacion con la municipalidad provincial y los organismos regionales y nacionales pertinentes, c) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y d) Administrar y reglamentar, directamente o por concesion, el servicio de agua potable, alcantarillado, limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, cuando este en capacidad de hacerlo;

Que, finalmente, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan", contiene informacion sobre domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan", la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Callayuc, Pimpingos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de La Capilla, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan"; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 082-2011­PCM/SD-OGIMIRA, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan"; integrada por las Municipalidades Distritales de Callayuc, Pimpingos, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de La Capilla, en la Provincia de Cutervo, en el Departamento de Cajamarca; reconociendosele, a partir de dicho acto, la condicion de persona juridica de derecho publico, como entidad publica. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan", como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Callayuc. - Director: Nobel MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pimpingos. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Cruz. - Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA de La Capilla. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Tecnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitucion y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitucion de la "Mancomunidad Municipal Frente Norte del Ilucan", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion de Secretaria de Descentralizacion en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.

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