Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2011 (24/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450519

Autorizan a la empresa Capacitadora Consultora y Promotora Inmobiliaria MORDAZA Reiche E.I.R.L. para funcionar como escuela de conductores integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3075-2011-MTC/15 MORDAZA, 16 de agosto de 2011 VISTOS: El Parte Diario Nº 074226 y el Expediente Nº 20110012252 presentados por la empresa CAPACITADORA CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MORDAZA REICHE E.I.R.L., que solicita autorizacion como Escuela de Conductores Integrales; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 074226, de fecha 26 de junio de 2011, la empresa CAPACITADORA CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MORDAZA REICHE E.I.R.L., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A categorias II y III y Clase B II-c; Que, con Oficio Nº 6418-2011-MTC/15.03, de fecha 02 de agosto de 2011, notificado el 03 de agosto de 2011, esta administracion advirtio las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para el cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Expediente Nº 2011-0012252 de fecha 09 de agosto de 2011, La Empresa presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el numeral precedente, la misma que fue respondida con Oficio Nº 6657-2011-MTC/15.03 de fecha 09 de agosto de 2011, donde se les comunica que en vista de haber presentado los documentos exigidos por El Reglamento, se procedera a realizar una inspeccion ocular; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorandum Nº 2408-2011-MTC/15, de fecha 16 de agosto de 2011, remitido por la Direccion General de Transporte Terrestre a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se adjunta el Informe Nº 23-2011MTC/15.03.jsm de fecha 12 de agosto de 2011, sobre la inspeccion ocular realizada a la empresa CAPACITADORA CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MORDAZA REICHE E.I.R.L., el cual concluye que con respecto a FLOTA VEHICULAR.Marca TOYOTA DON FENG HYUNDAI VOLVO BAJAJ Modelo Clase YARIS AUTOMOVIL(M1) DFA1063DJ10 CAMION (N2) COUNTY II OMNIBUS (M3) N-12 CAMION (N3) RE AUTORIKSHA VEH. AUT. MEN. (L5) TORITO 2T

las condiciones en la infraestructura y las condiciones de acceso al equipamiento se ha observado que cumple con las condiciones minimas que establecen los numerales 43.3 y 43.5 del articulo 43 de El Reglamento; Que,esprecisoindicarqueelarticulo117ºdeElReglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, lo cual conllevara a la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43º del Reglamento MORDAZA citado; Que, con el Informe Nº 489-2011-MTC/15.03.EC.pvc, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que La Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa CAPACITADORA CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MORDAZA REICHE E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B II-c; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela : CAPACITADORA CONSULTORA Y PROMOTORA INMOBILIARIA MORDAZA REICHE E.I.R.L. : Escuela de Conductores Integrales : OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA - AREA DE Pueblo Joven MORDAZA El MORDAZA, Mz H, lote 15, Sector Primero, Grupo Residencial 12 (Primer Piso) Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA CIRCUITO DE MANEJO Av. MORDAZA y Avenida Restauracion, Urb. MORDAZA y MORDAZA, Distrito del MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima. Plazo de Autorizacion : Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Clase de Escuela Ubicacion del Establecimiento

1 2 3 4 5

Nº Chasis JTDBW933794033181 8B100273 KMJCF17BPAC900976 YV2N2A1D7JA320991 MD22407A1BWJ00002

Nº de Motor 2NZ5361851 69721517 D4DB9418138 TD121G311137395 24MBTH07697

Ano Fab. 2009 2008 2010 1988 2010

Placa B1B-370 A5J-830 A4J-786 XG-7677 B6-8234

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.