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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de abril de 2012 463851 Que, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; adicionalmente, en el numeral 2 del artículo 36 de la misma Ley Orgánica, se dispone que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal se crean mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, en el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta pertinente emitir la Resolución Suprema que constituya la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal a que hace referencia la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución de la Comisión Multisectorial Constitúyase la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, que se encargará de evaluar las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas y deudas pendientes de sentencia con la fi nalidad de reducir costos al Estado, y proponer un proyecto de ley, debidamente fi nanciado, que permita reducir los pagos pendientes por pliego de acuerdo a una priorización social y sectorial, en el marco de lo establecido en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012. Esta Comisión está adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial 2.1 La Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, está conformada de la siguiente manera: • Cinco (05) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, uno de los cuales la presidirá; y • Tres (03) representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2.2 Los miembros de la Comisión ejercen su cargo ad honórem. La Comisión Multisectorial no irrogará gastos al Estado. 2.3 La Comisión Multisectorial podrá convocar la participación de otras entidades públicas, sector privado y académico y la sociedad civil, para el mejor cumplimiento de sus fi nes. 2.4 La Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión, encargada de coordinar las acciones logísticas y administrativas a fi n de coadyuvar al cumplimiento de sus funciones. Artículo 3.- Designación de los Representantes Las entidades públicas que conforman la Comisión Multisectorial designarán a sus representantes titular y alterno mediante resolución ministerial del sector correspondiente, en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución. Artículo 4.- Funciones La Comisión Multisectorial desarrollará las siguientes funciones: 4.1 Evaluar las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas y deudas pendientes de sentencia, para lo cual recopilará información, así como analizará y clasifi cará la misma, teniendo en cuenta los criterios de priorización social y sectorial para la atención de la deuda, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. 4.2 Proponer una fórmula legal que establezca criterios que permitan reducir los pagos pendientes por pliego, de acuerdo a la priorización social y sectorial, así como proponer lineamientos para soluciones amistosas y/ o conciliaciones de deudas pendientes de sentencia, con la fi nalidad de reducir costos al Estado. Para el cumplimiento de dichas funciones, la Comisión Multisectorial podrá requerir a las entidades y dependencias públicas y privadas, de ser el caso, los informes, estadísticas y otro tipo de información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 5.- Instalación e informe fi nal de la Comisión Multisectorial 5.1 La Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, se instalará en el plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. 5.2 La referida Comisión tendrá un plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de su instalación, para la presentación de un informe fi nal, el mismo que será presentado a los Titulares del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para efecto de la elaboración del proyecto de Ley, debidamente fi nanciado, que permita reducir los pagos pendientes por pliego de acuerdo a una priorización social y sectorial. Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 774777-6 AGRICULTURA Dan por concluida designación de Jefe de la Agencia Zonal Oyón de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 041-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 10 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 027-2009-AG-AGRO RURAL-DE del 08 de abril del 2009 se designó, entre otros, al señor Aristides Cruz Córdova como Jefe de la Agencia Zonal Oyón del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; Que, se ha visto pertinente dar por concluida la designación efectuada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual Operativo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1120- 2008-AG;