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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de abril de 2012 463858 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2012-ED se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación el cual contempla, como uno de los órganos de línea dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional, a la Ofi cina de Cooperación Internacional de la cual depende la Unidad de Cooperación Técnica; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al Jefe de la Unidad de Cooperación Técnica; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo a que se hace mención en el considerando precedente; De conformidad, con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora María del Rocío Valencia de la Riva, como Jefa de la Unidad de Cooperación Técnica de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 774356-1 Oficializan la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certificadoras y Certificación Profesional” aprobada por Acuerdo Nº 015-2011-CONEAU SINEACE Consejo Superior RESOLUCIÓN Nº 018-2012-SINEACE/P Lima, 28 de marzo de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 264-2011-CONEAU/P de 20 de junio del 2011, que remite el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28740, a través de su artículo 5º establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa (SINEACE), el garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158 “Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, concordante con lo dispuesto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 28740, establece que el Consejo Superior del SINEACE, es el Ente Rector con autoridad técnico-normativa para dictar las normas y establecer los procedimientos en el ámbito del sistema; siendo, además, responsable del correcto funcionamiento del SINEACE, con arreglo a la función de articulador del funcionamiento de sus órganos operadores, asignada de manera expresa por el artículo 6º, inciso c, de la Ley del SINEACE; Que, el artículo 58º del Reglamento de la Ley Nº 28740, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007- ED, establece que el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU), entre otras, tiene la función aprobar las normas que regulan la autorización y registro de las entidades evaluadoras con fi nes de acreditación y certifi cación. Que, mediante Acuerdo Nº 015-2011-CONEAU, Sesión Nº 004 de 27 de mayo del 2011, el Directorio del CONEAU aprueba la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional”; Que, mediante Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, de la Sesión Nº 022-2010 de 13 de octubre del 2010, el Consejo Superior del SINEACE dispuso la ratifi cación de los Acuerdos de Directorio de los órganos operadores, a fi n de formalizarlos mediante resolución del SINEACE; a tal efecto, en todos los casos, se estableció que se requiere contar con acuerdo aprobatorio del Directorio del órgano operador; el informe de la Secretaria Técnica y el acuerdo expreso del Consejo Superior; Que, con arreglo a las consideraciones establecidas en su Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE, mediante Acuerdo Nº 060-2012, de la Sesión Nº 32 de 20 de febrero del 2012, el Consejo Superior del SINEACE acordó ofi cializar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional”, aprobada mediante Acuerdo Nº 015-2011- CONEAU del Directorio del CONEAU; Que, en Sesión Nº 25, Acuerdo Nº 007-2011, el Consejo Superior del SINEACE eligió como su Presidenta a la señora Peregrina Morgan Lora, Presidenta de Directorio del IPEBA; De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 28740, del SINEACE y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018 -2007-ED, la Ley Nº 29158, del Poder Ejecutivo y el Acuerdo Nº 038-2010-SINEACE. Estando a lo opinado en el Informe Nº 016-2012-ST/SINEACE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional” aprobada por el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU mediante Acuerdo Nº 015-2011- CONEAU, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional” aprobada, en el portal institucional del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria: http://www.coneau.gob.pe/, en la misma fecha en que sea publicada esta resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Encargar al Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - CONEAU realizar la más amplia difusión a nivel nacional de la Segunda versión de la “Guía de Procedimientos para la Autorización de Entidades Certifi cadoras y Certifi cación Profesional”. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del SINEACE 774220-1 ENERGIA Y MINAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 007-2012-EM Mediante Ofi cio Nº 281-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas