Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2012 (11/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2012

correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53° del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143° de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante el Informe N° 672-2011-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, en el tramite del procedimiento iniciado con Expediente Nº 2011-015039, senalo que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L.; Que, asimismo, mediante el Informe Nº 186-2012MTC/27, MORDAZA con Informe N° 320-2012-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, concluye que corresponde emitir una nueva resolucion ministerial a favor de la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L., otorgando concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, precisando que el primer servicio a prestar es el de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico, en aplicacion de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, de acuerdo a la evaluacion favorable efectuada por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones sobre el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesion unica solicitada por la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L., y habiendo cumplido esta con las condiciones establecidas en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, corresponde emitir una nueva resolucion ministerial otorgando la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; asi como, declarar que quedo sin efecto de pleno derecho la Resolucion Ministerial N° 5392011-MTC/03; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA

del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar que quedo sin efecto de pleno derecho la Resolucion Ministerial No. 539-2011MTC/03 que otorgo a la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Otorgar a la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 3º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE MORDAZA JEFRY TV E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 774062-1

Aprueban transferencia de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa a favor de la Asociacion Cultural Bethel, en localidad del departamento de Amazonas
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 105-2012-MTC/03 MORDAZA, 21 de marzo del 2012 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-053859 del 09 de noviembre de 2011, presentado por el senor MORDAZA RUBIO MORDAZA, sobre aprobacion de transferencia de autorizacion a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 3942008-MTC/03 del 07 de MORDAZA de 2008, notificada el 11 de MORDAZA de 2008, se otorgo al senor MORDAZA RUBIO MORDAZA autorizacion por el plazo de diez anos (10), que incluyo un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion sonora

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