Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012AG-SENASA-DSV y con el visado de la Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importacion de extracciones de acidos nucleicos (ADN) de Ralstonia solanacearum y muestras desecadas en frio infectadas con Potato splindle tuber viroid (PSTVd) procedentes del Reino Unido con fines de investigacion, de la siguiente manera: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se incluya una identificacion completa del microorganismo (nombre cientifico, identificacion de la cepa, cantidad y MORDAZA de envases, MORDAZA distintivas en caso existir y nombre del laboratorio). 3. Los envases seran nuevos, de primer uso, transparentes, hermeticamente sellados, rotulados con la identificacion del microorganismo 4. El importador debera contar con el Registro de importadores, lugares de produccion y responsables tecnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 5. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 6. El material biologico sera sometido a un periodo de cuarentena posentrada por espacio de un (1) mes, en dicho lapso, el material instalado en el lugar de produccion sera sometido a una (1) inspeccion obligatoria para el seguimiento de la cuarentena posentrada, al final de este periodo el material debe ser destruido en presencia del Inspector del SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General 775284-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0126-2012-AG Mediante Oficio Nº 0643-2012-AG-SEGMA, el Ministerio de Agricultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0126-2012-AG, publicada en la edicion del dia 3 de MORDAZA de 2012. DICE: Articulo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestion de Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura (GTGRD-MINAG), el cual estara integrado por los siguientes responsables de los organos y unidades organicas competentes: 1. Ministro de Agricultura, quien lo preside, 2. Viceministro de Agricultura, 3. Secretario General 4. Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, 5. Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, 6. Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, 7. Director General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, 8. Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales,

9. Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, 10. Jefe de la Autoridad Nacional del Agua- MORDAZA, 11. Jefe del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSENASA, 12. Jefe del Instituto Nacional de Innovacion AgrariaINIA, 13. Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, 14. Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI. 15. Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad. 16. Director de la Unidad de Defensa Nacional. DEBE DECIR: Articulo 1º.- Constituir el Grupo de Trabajo para la Gestion de Riesgo de Desastres del Ministerio de Agricultura (GTGRD-MINAG), el cual estara integrado por los siguientes responsables de los organos y unidades organicas competentes: 1. Ministro de Agricultura, quien lo preside, 2. Viceministro de Agricultura, 3. Secretario General 4. Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, 5. Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional, 6. Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria, 7. Director General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, 8. Director General de la Direccion General de Asuntos Ambientales, 9. Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica, 10. Jefe de la Autoridad Nacional del Agua- MORDAZA, 11. Jefe del Servicio Nacional de Sanidad AgrariaSENASA, 12. Jefe del Instituto Nacional de Innovacion AgrariaINIA, 13. Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, 14. Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI. 15. Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad. 16. Director de la Unidad de Defensa Nacional. 17. Director General de la Oficina de Estudios Economicos y Estadisticos 774671-1

AMBIENTE
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico
RESOLUCION MINISTERIAL N° 091-2012-MINAM MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 359-93RE publicada el 22 de noviembre de 1993, se creo la Comision Nacional sobre el Cambio Climatico, cuya denominacion fue precisada mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-MINAM, la cual tiene por funcion general realizar el seguimiento de los diversos sectores publicos y privados vinculados a la materia, a traves de la implementacion de la Convencion MORDAZA sobre el Cambio Climatico, asi como el diseno y promocion de la Estrategia Nacional de Cambio Climatico, cuyo contenido debe orientar e informar en este tema a las estrategias, planes y proyectos de desarrollo nacionales, sectoriales y regionales;

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