Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

Que, la omision incurrida en los articulos Primero y MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 073-2012/MINSA, al no consignarse el nivel remunerativo del cargo, no altera lo esencial del contenido, ni el sentido de la citada Resolucion Ministerial, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y corregir la omision incurrida; Contando con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Precisar en el articulo Primero de la Resolucion Ministerial N° 073-2012/MINSA, que al cargo de Supervisora II de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, le corresponde el Nivel Remunerativo de F-3, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Precisar en el articulo MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 073-2012/MINSA, que al cargo de Supervisor II de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud, le corresponde el Nivel Remunerativo de F-3, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 774712-6

De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Precisar en el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 070-2012/MINSA, que al cargo de Supervisora Administrativa de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, le corresponde el Nivel Remunerativo de F-3, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Precisar en el articulo 3° de la Resolucion Ministerial N° 070-2012/MINSA, que al cargo de Supervisora Administrativa de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, le corresponde el Nivel Remunerativo de F-3, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 774712-7

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Escuela Nacional de Conductores Integrales Peru al Volante S.A.C., a impartir cursos de capacitacion para la obtencion de licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1122-2012-MTC/15 MORDAZA, 19 de marzo de 2012 VISTO: El Parte Diario Nº 029875, presentado por la empresa denominada ESCUELA NACIONAL DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU AL VOLANTE S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2897-2011MTC/15 de fecha 03 de agosto de 2011, se autorizo a la ESCUELA NACIONAL DE CONDUCTORES INTEGRALES PERU AL VOLANTE S.A.C, con RUC Nº 20491827913 y con domicilio en MORDAZA Las Camelias Nº 141 Urb. El Jardin, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B Categoria IIc; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4688-2011MTC/15 de fecha 05 de diciembre de 2011, autorizo a La Escuela el incremento de su flota vehicular y plana docente; Que, mediante Parte Diario Nº 029875 de fecha 09 de marzo de 2012, La Escuela, solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las Clases A Categoria II y III y Clase B Categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la Clase A Categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones

Precisan la R.M. N° 070-2012/MINSA, en lo referido a niveles remunerativos de encargaturas de funciones
RESOLUCION MINISTERIAL N° 281-2012/MINSA MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2012 Visto, el Expediente N° 12-031268-001, que contiene el Memorandum N° 511-2012-OGGRH/MINSA, remitido por la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 070-2012/ MINSA de fecha 27 de enero de 2012, se encargo las funciones de los cargos de Supervisoras Administrativas de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, a la Licenciada en Trabajo Social MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA y a la Licenciada en Enfermeria Gertrudes MORDAZA Quispe; Que, del Memorandum N° 014-2012-OPP/OARH/ MINSA de fecha 13 de enero de 2012, emitido por la Oficina de Administracion de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, se colige que el cargo de Supervisora Administrativa tiene el Nivel Remunerativo de F-3; Que, con el documento del visto, el Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, solicita se precise en la Resolucion Ministerial N° 070-2012/MINSA, el nivel remunerativo de los cargos cuyas funciones se han encargado a la Licenciada en Trabajo Social MORDAZA Melida MORDAZA MORDAZA y a la Licenciada en Enfermeria Gertrudes MORDAZA Quispe; Que, la omision incurrida en los articulos 2° y 3° de la Resolucion Ministerial N° 070-2012/MINSA, al no consignarse el nivel remunerativo del cargo, no altera lo esencial del contenido, ni el sentido de la citada Resolucion Ministerial, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente y corregir la omision incurrida; Contando con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud;

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