Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2012 (14/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de agosto de 2012

sentencia condenatoria con pena privativa de la MORDAZA por delito doloso contra la autoridad cuestionada; de tal forma, dicha causal se configurara siempre y cuando la sentencia condenatoria MORDAZA sido impuesta durante el ejercicio del cargo de la autoridad cuestionada e independientemente del cumplimiento de la pena o de la declaracion de rehabilitacion del condenado. 7. Sobre esto ultimo, debe tenerse presente que la figura de la rehabilitacion no determina, segun se establece en el articulo 69, inciso 1, del Codigo Penal, el hecho de recobrar "los cargos, comisiones o empleos de los que se le privo" a un condenado, sino unicamente implica que este recupere los derechos limitados por la sancion penal. Por ello, en el ambito electoral, la rehabilitacion no puede suponer la extincion de la causal de vacancia, pues esta se fundamenta en el acto mismo de imposicion de la sancion penal y no en el cumplimiento de la condena impuesta. 8. En el caso en concreto, Ydelso MORDAZA MORDAZA, quien fue elegido para el periodo de gobierno regional 2011-2014, fue condenado con pena privativa de la MORDAZA el 30 de marzo de 2011 (por el periodo de tres anos, suspendida por el plazo de un ano bajo determinadas reglas de conducta), durante el ejercicio del cargo de consejero regional, pero posteriormente fue rehabilitado el 2 de MORDAZA de 2012, restituyendosele sus derechos restringidos. Dicha situacion, tal como ha sido expuesta, no determina que la causal de vacancia se extinga, ya que, para su configuracion, debe constatarse un hecho previsto normativamente, el cual es en el presente caso la condena impuesta contra Ydelso MORDAZA Hernandez. CONCLUSION En ese sentido, y de conformidad con el ultimo parrafo del articulo 30 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en caso de vacancia el MORDAZA Nacional de Elecciones debe acreditar a los consejeros accesitarios. Asi, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con D.N.I. Nº 27966265, accesitario al cargo de consejero regional de la provincia de San MORDAZA de la alianza electoral Movimiento de Afirmacion Social, de acuerdo con la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales, Municipales y Referendum del ano 2010. Por tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quiroz; en consecuencia, REVOCAR el Acuerdo Regional Nº 043-2012-GR.CAJ-CR, del 21 MORDAZA de 2012, que declaro improcedente la solicitud de vacancia contra Ydelso MORDAZA MORDAZA, consejero del Consejo Regional de Cajamarca. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Ydelso MORDAZA MORDAZA, consejero del Consejo Regional de MORDAZA, emitida con motivo de las Elecciones Regionales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de Consejero Regional de MORDAZA en representacion de la provincia de San MORDAZA, para completar el periodo de gobierno regional 2011-2014, debiendose otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

Dejan sin efecto la credencial de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA y convocan a MORDAZA MORDAZA para que asuma dicho cargo
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 705-2012-JNE
Expediente Nº J-2012-01039 MORDAZA, trece de agosto de dos mil doce. VISTA la solicitud de vacancia de MORDAZA, presentada el 3 de agosto de 2012 por los miembros del Concejo Distrital de San MORDAZA, de la provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, mediante la cual solicita que se emitan las credenciales correspondientes. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Acta de Concejo Extraordinaria Nº 0062012-MDSP, de fecha 18 de MORDAZA de 2012, con el MORDAZA de cinco miembros del Concejo Distrital de San MORDAZA, se aprobo la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de MORDAZA, por la causal de fallecimiento, prevista en el articulo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. 2. Con la MORDAZA certificada del acta de defuncion, de fecha 14 de MORDAZA de 2012, se acredita que el dia 13 de MORDAZA de 2012 MORDAZA MORDAZA MORDAZA dejo de existir en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima. 3. En aplicacion de lo previsto en el articulo 24, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el cargo de MORDAZA es asumido por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral; por lo que corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Giraldo. 4. Asimismo, para completar el numero de regidores, conforme lo dispone el articulo 24, numeral 2, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a la regidora suplente, en el presente caso, MORDAZA MORDAZA Rea Zenozain, candidata no proclamada del partido politico Alianza para el Progreso, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Bolognesi, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de las Elecciones Municipales del ano 2010. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, para el periodo de gobierno municipal 2011-2014, por lo que se le otorgara la respectiva credencial. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Rea Zenozain para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San MORDAZA, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, para el periodo de gobierno municipal 20112014. Se le otorgara la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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