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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de agosto de 2012 472674 Civil – SERVIR, la asignación de un Gerente Público para que desempeñe el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 017-2009-ANSC-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil incorporó al señor Vitilio Luis Calonge García al Cuerpo de Gerentes Públicos, y por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 103-2012-SERVIR-PE, dispuso que dicho profesional sea asignado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ejercer el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración; Que, dicho cargo es considerado de confi anza, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos, creado por el Decreto Legislativo N° 1024, la condición de confi anza del cargo se suspenderá durante el período de asignación del Gerente Público; asimismo, el artículo 9 del citado Decreto Legislativo establece que los Gerentes Públicos son asignados a las entidades solicitantes por el período de tres (3) años renovables, a pedido de éstas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 058-2012- VIVIENDA se designó al ingeniero Vitilio Luis Calonge García en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto administrativo mediante el cual se designe al ingeniero Vitilio Luis Calonge García, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; dando por concluida la designación efectuada por Resolución Ministerial N° 058-2012-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerente Públicos; el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, que aprueba el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación efectuada por Resolución Ministerial N° 058-2012-VIVIENDA. Artículo 2º.- Designar al ingeniero Vitilio Luis Calonge García, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el período de tres (3) años. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 827363-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aprueban transferencias financieras a favor de municipalidades distritales para la ejecución de proyectos de mejoramiento de caminos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 133-2012-DV-PE Lima, 9 de agosto de 2012 VISTO: El Informe Nº 157-2012-DV-OPP de fecha 08 de agosto de 2012, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo público encargado de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012 establece en el numeral 12.1, inciso a), punto viii) que autoriza a DEVIDA, en el presente año fi scal a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución, debe ser publicada en el diario ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo artículo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas en sus dimensiones físicas y fi nancieras, para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral precisa, que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados, solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, el artículo 13º del Decreto de Urgencia Nº 016- 2012 autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 2,072’151,265.00 con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados a atender los gastos del Gobierno Nacional e Instancias Descentralizadas; Que, el Anexo Nº 5 “Relación de Proyectos de Inversión Pública a ser Ejecutados por Transferencias” del citado Decreto de Urgencia, consigna a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA la suma de S/. 10’884,895.00 (Diez Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecución de proyectos de inversión pública en las zonas de Huánuco, Pasco, Loreto, Ucayali y Ayacucho; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 048-2012-DV-SG se aprobó la desagregación de los recursos aprobados mediante el Decreto de Urgencia Nº 016-2012 por un monto de S/. 10’884,895.00 (Diez Millones Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Noventa y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, DEVIDA y la Municipalidad Distrital de Irazola, de la Provincia de Padre Abad del Departamento de Ucayali, el 03 de julio de 2012, en el marco del Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, han suscrito el “Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para la ejecución del proyecto con código SNIP 128716 denominado “Mejoramiento de camino vecinal Sauce-Nuevo Jerusalen-Nolberth de Alto Uruya, Distrito de Irazola - Padre Abad - Ucayali”, con un presupuesto ascendente a S/. 1’368,439.00 (Un Millón Trescientos Sesenta y Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles); y DEVIDA ha emitido su conformidad al correspondiente plan operativo a través del Responsable Técnico del PIR DAIS, mediante el Ofi cio Nº 206-2012-DV- PIR DAIS de fecha 1 de agosto de 2012; Que a fi n de posibilitar la implementación del proyecto a que se refi ere el considerando precedente, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego DEVIDA al Pliego/Unidad Ejecutora Municipalidad Distrital de Irazola, de la Provincia de Padre Abad del Departamento de