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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2012 473242 la República de Chile detallado a continuación, del 26 de agosto al 1 de setiembre de 2012, a fi n que participen en la X Reunión de Estados Mayores y XXV Reunión Bilateral de Inteligencia entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad Lima. 1. Vicealmirante Francisco GUZMÁN Vial 2. Comodoro Óscar ARANDA Mora 3. Capitán de Navío Rodrigo RAMÍREZ Navarro 4. Capitán de Navío Jaime RODRIGO Ramírez 5. Capitán de Navío Germán TOLEDO Labatut Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 832119-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2012-DE/SG Lima, 22 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 661 del 15 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-3109 del 6 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Colombia; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 3 al 7 de setiembre de 2012, a fi n de efectuar una visita ofi cial a la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de la República de Colombia detallado a continuación, del 3 al 7 de setiembre de 2012, a fi n de efectuar una visita ofi cial a la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima. 1. Contralmirante Benjamín CALLE Meza 2. Capitán de Fragata Mauricio MEJÍA Arango Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 832119-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 948-2012-DE/SG Lima, 22 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 666 del 15 de agosto de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-3264 del 15 de agosto de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Chile; Que, el personal militar antes señalado ingresará a territorio de la República, del 10 al 14 de setiembre de 2012, a fi n de participar en la ejecución del X Juego de Guerra Multilateral (MWG-2012); Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar de la República de Chile detallado a continuación, del 10 al 14 de setiembre de 2012, a fi n de participar en la ejecución del X Juego de Guerra Multilateral (MWG-2012). 1. Capitán de Navío Guillermo DIAZ Avello 2. Capitán de Fragata Emilio CALLEJA Leonicio Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 832119-5