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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (24/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2012 473250 Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 0079-1997-EF/94.10 y por el artículo 46º, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima de los valores denominados “Primera Emisión del Programa de Instrumentos de Corto Plazo RASH PERÚ” de Rash Perú S.A.C. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores señalados en el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente Resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Rash Perú S.A.C., en calidad de emisor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 824536-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban modelos de Formularios registrales de inscripción y publicidad registral que serán utilizados a nivel nacional RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 226-2012-SUNARP/SN Lima, 22 de agosto de 2012 Visto el Informe Técnico Nº 032-2012-SUNARP/ GR, emitido por la Gerencia Registral de la sede central SUNARP, el Memorándum N° 127-2012-SUNARP/GL, emitido por la Gerencia Legal de la sede central SUNARP y el Memorándum N° 124-2012-SUNARP/GAF, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas de la sede central SUNARP; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos como organismo Público del Sector Justicia y Ente Rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídica registral, técnica económica y administrativa; Que, mediante Resolución Nº 263-2001-SUNARP- SN, de fecha 22 de octubre de 2001 y Resolución Nº 040-2002-SUNARP/SN de fecha 31 de enero de 2002, se aprobaron los formularios de solicitud de inscripción y publicidad registral, a ser utilizados a nivel nacional en todas nuestras ofi cinas registrales, los mismos que requieren ser actualizados en razón que a la fecha se han emitido normas legales de carácter registral que implica la modifi cación de algunos registros, en virtud de la Ley Nro. 26887 - Ley de Garantía Mobiliaria y otros reglamentos y directivas de carácter registral; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas de la sede central Sunarp, manifi esta que para el desarrollo del proceso de “Conciliación de Operaciones Recíprocas”, de cada una de las 14 Unidades Ejecutoras del pliego SUNARP, requiere que se incluya en la información de los formularios registrales el número de RUC de la persona jurídica que solicita el trámite, así como el tipo de institución: pública o privada; Que, mediante Resolución Nro. 156-2012-SUNARP/ SN de fecha 19 de junio de 2012, se aprobó el Reglamento de Inscripciones de los Registros de Testamentos y de Sucesiones Intestadas, el cual incorpora la expedición del Certifi cado Registral de Sucesiones (CRES), el mismo que ha sido integrado en el formulario de solicitud de publicidad registral; Que, por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 126-2012-SUNARP/SN, de fecha 18 de mayo de 2002, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, el mismo que establece en sus artículos 15º y 130º que las solicitudes de inscripción y solicitud de publicidad registral se formularán en los formatos aprobados por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; por lo que, corresponde aprobar dichos formatos, en concordancia con los requisitos establecidos en la citada resolución; Que, mediante los Informes Técnicos indicado en la parte expositiva de la presente resolución, la Gerencia Registral de la sede central SUNARP, presenta una propuesta de actualización de los formularios registrales de inscripción y publicidad registral de ámbito nacional, con la fi nalidad de actualizar su contenido y mejorar nuestros procesos de atención a nuestros usuarios registrales; Que, mediante el informe de vistos y con la opinión favorable de la Gerencia Legal de la sede central SUNARP mediante el Memorándum Nro. 127-2012-SUNARP/GL y la Gerencia de Administración y Finanzas de la sede central SUNARP con Memorándum Nro. 124-2012-SUNARP/ GAF; Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-2012- JUS publicada el día 30 de marzo de 2012, se designo al Superintendente Nacional de los Registros Públicos; De conformidad con lo dispuesto en el literal v), del Artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los modelos de Formatos que serán utilizados a nivel nacional, por todas las Ofi cinas Registrales que conforman el Sistema Nacional de los Registros Públicos, siendo los siguientes: - Formulario de solicitud de inscripción de título. - Formulario de solicitud de inscripción de título para ser utilizado por OFICINAS RECEPTORAS. - Formulario de solicitud de publicidad registral. Artículo 2°.- Dejar sin efecto lo dispuesto por la Resolución Nº 263-2001-SUNARP-SN, de fecha 22 de octubre de 2001 y Resolución Nº 040-2002-SUNARP/ SN de fecha 31 de enero de 2002, que aprobaron los formularios de solicitud de inscripción y publicidad, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo 3°.- Dejar sin efecto el artículo cuarto de la Resolución Nº 192-2012-SUNARP-SN, de fecha 20 de julio del presente año, que aprueba el modelo de formulario de solicitud de inscripción de título y formulario de solicitud de publicidad registral correspondiente al Registro de Bienes Muebles vinculados a la Pequeña Minería y Minería Artesanal. Artículo 4°.- Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigencia al día hábil siguiente al de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Las Ofi cinas Registrales que a la fecha de entrada en vigencia de esta disposición aún mantuvieran en stock formatos de solicitud de inscripción de títulos y formatos de publicidad registral anteriores, podrán seguir utilizándolos hasta su agotamiento. Regístrese, Comuníquese y Publíquese en la Página Web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos