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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2012 473247 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura básica; Que, por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, conforme lo establecido en la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se faculta al Ministerio de la Producción, aprobar mediante Resolución Ministerial sus documentos de gestión para mejorar la efi ciencia y efi cacia de sus procesos internos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE, publicada el 24 de julio de 2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 106° del indicado Reglamento de Organización y Funciones, señala que la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales es el órgano encargado de contribuir con la innovación, productividad, calidad y desarrollo de las empresas, con un enfoque de inclusión productiva, de descentralización y de sostenibilidad ambiental; Que, en atención a la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción contenida en el artículo 5° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, resulta pertinente designar el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Ministerio de la Producción; Con la visación de la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ENRIQUE JAVIER ALDAVE GARCIA DEL BARRIO, en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 832464-1 SALUD Rectifican literal a del artículo 4º de la R.M. Nº 607-2012/MINSA, precisando que se deja sin efecto la “Norma Técnica para el Tratamiento Antirretroviral de Gran Actividad - TARGA en Adultos Infectados por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 698-2012/MINSA Lima, 21 de agosto del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-073852-001, que contiene el Memorando Nº 4112-2012-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 607-2012/MINSA, de fecha 17 de julio de 2012, se aprobó la Norma Técnica de Salud Nº 097-MINSA/DGSP-V.01 “Norma Técnica de Salud de Atención Integral del Adulto con Infección por el Virus de la Inmunodefi ciencia Humana (VIH)”; Que, el literal a del artículo 4º de la precitada resolución dispone dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 123- 2004/MINSA, que aprueba la NT Nº 003-MINSA/DGSP- V.01 “Norma Técnica de Atención para la Administración de Quimioprofi laxis y Tratamiento Antituberculoso a Personas con VIH/SIDA”; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas ha solicitado la rectifi cación del literal a del artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 607-2012/ MINSA, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Ministerial Nº 124-2004/MINSA, que aprobó la NT Nº 004-2004-MINSA/ DGSP-V.01 “Norma Técnica para el Tratamiento Antirretroviral de Gran Actividad – TARGA en Adultos Infectados por el Virus de la Inmunodefi ciencia Humana”; Que, el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, agregando que dicha rectifi cación deberá adoptar las formas y modalidad de comunicación o publicación del acto original; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifi car el literal a del artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 607-2012/MINSA, de fecha 17 de julio de 2012, conforme al siguiente detalle: Dice: “(...) Artículo 4º.- Dejar sin efecto las siguientes normas: a. Resolución Ministerial Nº 123-2004/MINSA, que aprobó la NT Nº 003-MINSA/DGSP-V.01 “Norma Técnica de Atención para la Administración de Quimioprofi laxis y Tratamiento Antituberculoso a Personas con VIH/SIDA”. (...)” Debe decir: “ (...) Artículo 4º.- Dejar sin efecto las siguientes normas: a. Resolución Ministerial Nº 124-2004/MINSA, que aprobó la NT Nº 004-2004-MINSA/DGSP-V.01 “Norma Técnica para el Tratamiento Antirretroviral de Gran Actividad – TARGA en Adultos Infectados por el Virus de la Inmunodefi ciencia Humana”. (...)” Artículo 2º.- La Resolución Ministerial Nº 607-2012/ MINSA, queda subsistente en todo lo demás que contiene. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 831343-1