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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (25/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2012 473344 EN ENFERMERIA DE LA FACULTAD DE ENFERMERIA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO, que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 832023-2 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-128-2012-UNSAAC. Cusco, 02 de julio de 2012 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente, signado con el Nº 007953, presentado por la Srta. MARIA LUISA RODRIGUEZ VIVERO, solicitando emisión de duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial – PROCAM de la Facultad de Educación, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de Noviembre de 2006; Que, la administrada por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial – PROCAM de la Facultad de Educación por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derecho de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaría General de la UNSAAC de la Resolución de Consejo Universitario que confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación; 5) Publicación en un diario de mayor circulación de la ciudad, del aviso de la pérdida del diploma; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autentifi cada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 009-2012-GT, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial PROCAM conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 11, encontrándose inscrita en el Folio Nº 284, con Resolución Nº CU-2108-2001-GT, de fecha 06 de Noviembre de 2001; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 05 de Junio de 2012. Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 19 de junio de 2012, se puso a consideración del pleno la petición presentada por Doña: María Luisa Rodríguez Vivero, solicitando duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial – PROCAM, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU-224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE, la petición presentada por la Srta. MARIA LUISA RODRIGUEZ VIVERO, sobre otorgamiento de Duplicado de Diploma que le confi ere el Grado Académico de Bachiller en Educación en el Programa de Complementación Académica Magisterial – PROCAM de la Facultad de Educación. Segundo.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN EDUCACION EN EL PROGRAMA DE COMPLEMENTACION ACADEMICA MAGISTERIAL – PROCAM DE LA FACULTAD DE EDUCACION, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO, que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar en el margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. GERMÁN ZECENARRO MADUEÑO Rector 832023-3 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-130-2012-UNSAAC. Cusco, 02 de julio de 2012 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente, signado con el Nº 020325, presentado por la Srta. FANEL VICTORIA GUEVARA GUILLEN, solicitando emisión de duplicado de Diploma que le confi ere el Título Profesional de Licenciada en Antropología, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales