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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (02/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de diciembre de 2012 479877 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorándum Nº 964-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 523-2012- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 810-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el DS Nº 2030282012, sobre Declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de la URBANIZACIÓN SAN FRANCISCO DE ASIS, ubicado en el terreno inscrito en el Tomo 40, Fojas 321 y su continuación en la P.E. Nº 07002689 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, y CONSIDERANDO: Que, el Numeral 3.6.1) del Artículo 79° de la Ley N° 27972 – establece que, constituye función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; normar, regular y otorgar autorizaciones, y realizar la fi scalización de Habilitaciones Urbanas, correspondiendo a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro promover la habilitación Urbana conforme a lo dispuesto en el numeral d) del Artículo 134° de la Ordenanza N° 396-MSS que aprueba la Reestructuración Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Santiago de Surco; Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbana y de Edifi caciones, modifi cado por Ley Nº 29898, establece que “Las municipalidades declaran la habilitación urbana de ofi cio de los predios registralmente califi cados como rústicos ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuentan con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la habilitación urbana”; Que, la Declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Ofi cio la Habilitación Urbana de Predios, que previamente ha identifi cado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro Publico como rústicos; Que, con fecha 16.06.2011 se aprobó la Ordenanza Nº 388-MSS, la cual, Dispone la Identifi cación de los Predios Califi cados Registralmente como Rústicos para el Proceso de Habilitaciones Urbanas de Ofi cio en el Distrito de Santiago de Surco y con Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS del 04.07.2011, se aprobó el Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio en el Distrito de Santiago de Surco, de acuerdo al Artículo 24º de la Ley Nº 29090; Que, el Artículo 2º del Decreto de Alcaldía Nº 11-2011- MSS - Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio en el Distrito de Santiago de Surco, instituye que, “La Municipalidad de Santiago de Surco, a través de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, identifi cará los predios matrices que podrán ser benefi ciados por el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio. Los predios deberán ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de Santiago de Surco…”; Que, mediante Memorándum N° 964-2012-GDU- MSS del 22.10.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano, eleva la propuesta de Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno situado en el distrito de Santiago de Surco de la Provincia de Lima, inscrito en el Tomo 40, Fojas 321 y su continuación en la P.E. Nº 07002689 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, denominado Urbanización San Francisco de Asís, sustentando la misma, en el Informe Nº 523-2012-SGPUC-GDU-MMS del 19.10.2012, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cual contiene el Informe Nº 011A-2012-MVH, del 28-09.2012, indicando que el predio inscrito en la P.E. Nº 07002689 cuenta con un área de 14,629.00 m2 y con las siguientes medidas perimétricas: Por el Frente, la línea S.T. mira al noroeste y al callejón de servicio común a todos los lotes, mide 92.00 m; su lado izquierdo entrando S.G. mira al Noreste, colinda con el lote número tres de propiedad de Don Santiago Leyva y mide 175.00 m; su lado derecho T.H. mira al Suroeste, colinda con el lote cinco de Doña Sabina Arias, mide 149.00 m y su respaldo G.H. mira Sureste, colinda con terreno del Señor Florián Lariena y mide 89.00 m; Que, asimismo, se indica que el predio matriz se encuentra ubicada en el Sector 2 del Distrito de Santiago de Surco, considerado dentro del Área de Tratamiento Normativo II, con zonifi cación RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), aprobada por Ordenanza Nº 1076-MML, publicada el 08.10.2007 y con trazos viales circundantes defi nidos; Que, en el citado informe, también se indica que registralmente el predio cuenta aún con la condición de rústico, está considerado dentro del área urbana, con edifi caciones de carácter permanente, instalaciones de agua potable, alcantarillado e instalaciones eléctricas, cumpliendo de esta manera con las características físicas que señala los literales a), b), c) y d) del Artículo 24º-A de la Ley Nº 29898, Ley que modifi ca la Ley Nº 29090,por lo que propone habilitar de ofi cio el predio de 14,629.00 m2 inscrito en la P.E. Nº 07002689, en concordancia con la Ordenanza Nº 388-MSS y el Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS, que aprueba el Reglamento que establece el Procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio en el distrito de Santiago de Surco; Que, con Informe Nº 810-2012-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que la propuesta de Habilitación Urbana de Ofi cio de la URBANIZACIÓN SAN FRANCISCO DE ASIS, ubicada en el terreno inscrito en el Tomo 40, Fojas 321 y su continuación en la P.E. Nº 07002689 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, con un área de 14,629.00 m2, conforme a los planos PU-022-2012-SGPUC-GDU-MSS, PP-023- 2012-SGPUC-GDU-MSS, PTL-024-2012-SGPUC- GDU-MSS, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaración de la Habilitación Urbana de Ofi cio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades, en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la Resolución que así lo declare; Estando al Memorándum Nº 964-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 523-2012- SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, al Informe Nº 810-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y al amparo de la Ley Nº 29090 y su modifi catoria la Ley Nº 29898, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Decreto de Alcaldía Nº 11- 2011-MSS y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la Habilitación Urbana de Oficio del terreno de 14,629.00 m2, inscrito en el Tomo 40, Fojas 321 y su continuación en la P.E. Nº 07002689 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, como URBANIZACIÓN SAN FRANCISCO DE ASIS, de acuerdo a los planos PU-022-2012-SGPUC-GDU- MSS, PP-023-2012-SGPUC-GDU-MSS y PTL-024- 2012-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban con la presente Resolución. Artículo Segundo.- APROBAR el siguiente Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización San Francisco de Asís, según el siguiente detalle: CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS USO ÁREA (M2 % PARCIAL % GENERAL ÁREA ÚTIL 10,796.80 73.80 ÁREA DE VIVIENDA (76 LOTES) 10,796.80 73.80 ÁREA DE CIRCULACIÓN 3,832.20 26.20 ÁREA TOTAL 14,629.00 100.00 Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral a uso urbano de los lotes que conforman la Habilitación Urbana de Ofi cio que se aprueba de acuerdo a los planos PU-022-2012-SGPUC-GDU-MSS, PP-023-2012- SGPUC-GDU-MSS y PTL-024-2012-SGPUC-GDU-MSS, que forman parte de la presente resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX Zona Registral- Sede Lima, precisando que los referidos planos serán