Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2012 (02/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de diciembre de 2012

publicados en la web institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco: www.munisurco.gob.pe Las areas de vias, de acuerdo al Articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades son bienes de uso y dominio publico. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 872239-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Promueven el uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 260-2012-MVES MORDAZA el MORDAZA, 31 de octubre del 2012 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen N° 004-2012 MVES, de la Comision de Servicios Municipales y Seguridad Publica, mediante el cual se remite el Proyecto de Ordenanza que Promueve el Uso de la Bicicleta como Medio Alternativo de Transporte en el Distrito de MORDAZA El Salvador; presentado por la Gerencia de Desarrollo Social mediante Informe N° 245 -2012-GDS/MVES, de fecha 25 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 22) del articulo 2° de la Constitucion Politica del Peru, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, considerandolo como un derecho fundamental conforme a los Tratados Internacionales y otros suscritos por el Estado; Que, asimismo el numeral 8) del articulo 195° de la Carta Magna dispone que, los gobiernos locales son competentes para "Desarrollar y regular actividades o servicios en materia de (...) transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, (...) conforme a ley."; Que, asimismo Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su articulo 73°, inciso 2), numeral 2.2, senala que las municipalidades, tomando en cuenta su condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especificas senaladas en el Capitulo II del Titulo V de la mencionada Ley, con caracter exclusivo o compartido en materia de MORDAZA, circulacion y transporte publico; Que, en base a estas atribuciones, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, emitio la Ordenanza Nº 612MML, a traves de la cual se declara de interes y necesidad publica en la provincia de MORDAZA, el transporte no motorizado, especialmente el uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte; Que, la Ley N° 29593, publicada el 8 de octubre del 2010, declara de interes nacional el uso de la bicicleta, promociona su utilizacion como medio de transporte sostenible, indicando en su articulo 2°, que todos los niveles de gobierno del Estado Peruano deben proveer las condiciones de seguridad vial para el uso de la

bicicleta, asi como promover su uso como medio de transporte sostenible, senalando que se declara el dia 22 de setiembre de cada ano el "Dia Nacional Sin Auto"; Que, la calidad de MORDAZA de la poblacion de MORDAZA y de sus distritos se ha deteriorado, entre otros aspectos, por efectos del transporte caotico existente, por la sobreoferta de vehiculos de transporte publico con unidades vehiculares obsoletas, y por el incremento considerable del MORDAZA automotor; que viene generando gran congestion vehicular, contaminacion y deterioro ambiental, perjudicando la salud de los ciudadanos; Que, promover el uso de la bicicleta como medio de transporte en los desplazamientos diarios, por motivos de trabajo o meramente recreativo, es economicamente rentable, comercialmente acertado y ecologicamente razonable, ayuda a resolver problemas relativos a la proteccion del medio ambiente, la congestion del MORDAZA y la salud publica, y asimismo mejora la imagen de la MORDAZA, demostrando por parte de la poblacion su MORDAZA civico y su compromiso por el medio ambiente; Que, es necesario se desarrolle politicas de transporte, sanidad y medio ambiente que promuevan la utilizacion de bicicletas como medio de transporte alternativo en nuestro distrito, incorporando areas progresivas en la red vial del Distrito para la promocion de este medio de trasporte, regulando la comodidad y seguridad vial del ciclista brindandole seguridad y bienestar; Que, desde la promulgacion de la Ley N° 29593, la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, ha desarrollado actividades encaminadas a promover este medio de transporte en su ambito local, como es el Proyecto de "Promocion del Ciclismo MORDAZA en el Distrito de MORDAZA El Salvador" financiado por la MORDAZA hermana de Amstelveen - Holanda, Proyecto por el cual se adquirio 28 bicicletas para la promocion de este medio de transporte en el Distrito; Que, asimismo en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de Enero del 2012, por el cual se aprobo los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del 2012 y el respectivo instructivo aprobado por el Ministerio de Salud, correspondiente a la Meta: "Implementacion de una Ciclovia recreativa en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud", mediante el cual el Anexo 01 establece que la referida Ciclovia se implementara en un espacio publico sea avenida o MORDAZA principal de la jurisdiccion, cerrada temporalmente al acceso de vehiculos motorizados por un promedio de seis (06) horas, en una extension de dos (02) a mas kilometros con un minimo de ocho (08) domingos al ano, permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de estos espacios, fortaleciendo con ello, los valores de convivencia ciudadana y de cohesion social; la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA emitio el Acuerdo de Concejo Nº 104-2012/ MVES, de fecha 16 de octubre de 2012, por el cual se aprueba la Implementacion de una Ciclovia Recreativa "Villa Promueve el Ciclismo Urbano" en el distrito de MORDAZA El MORDAZA en aplicacion del citado Plan de Incentivos; Que, con Informe N° 245-2012-GDS/MVES la Gerencia de Desarrollo Social, senala que es necesario dictar normas de caracter general y reglamentario que coadyuven a mejorar la provision de los servicios publicos y de prevencion de riesgo relacionados al uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte y recreacion, opinando por ello por la necesidad de declarar de interes distrital el uso de la bicicleta para dichos fines; Que, mediante Informe N° 389-2012-OAJ-MVES, la Oficina de Asesoria Juridica, y luego del analisis de los actuados y del Proyecto de Ordenanza concluye que la misma se encuentra dentro de los parametros legales establecidos, por lo cual corresponde que sea puesta a consideracion del Pleno del Concejo; Estando a lo expuesto y al Dictamen N° 004-2012 de la Comision de Servicios Municipales y Seguridad Ciudadana, contando con el Informe N° 245-2012-GDS/ MVES, de la Gerencia de Desarrollo Social; Informe N° 389-2012-OAJ/MVES, de la Oficina de Asesoria Juridica y la Carta N° 0013-2012-RHCB-SR-SG/MVES; y, en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, asi como el Art. 39º y el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobo por mayoria, la siguiente;

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