Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2012 (03/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Con la visacion del Director Central de Gestion Institucional, el Director General de Normatividad y Asuntos Juridicos y del Director General de Planeamiento, Innovacion y Desarrollo. Por tanto, el Presidente, en uso de sus atribuciones. RESUELVE Articulo Primero.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignacion de Personal del MORDAZA Nacional de Elecciones, que en anexo Nº 1 forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar la actualizacion del Cuadro para Asignacion de Personal del MORDAZA Nacional de Elecciones, que en anexo Nº 2 forma parte de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y en el mismo dia de publicada, realizar la publicacion de los anexos en el MORDAZA Electronico del MORDAZA Nacional de Elecciones Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 873016-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Declaran infundado pedido de vacancia del MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 116-2012/MM Miraflores, 26 de noviembre de 2012 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que tambien se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194; Que, mediante Auto Nº 1 de fecha 24 de octubre de 2012, correspondiente al Expediente Nº J-2012-01384, recibido el 06 de noviembre de 2012, se corre traslado de la solicitud de vacancia presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien invoco la causal de vacancia contemplada en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63 de la Ley Nº 27972,argumentando la presunta aprobacion y cobranza indebida de bonificaciones durante los meses de MORDAZA y diciembre del ano 2011 y el mes de MORDAZA del ano 2012, derivada de pactos colectivos, contra el MORDAZA de Miraflores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz Wells; Que, asimismo, refiere que se ha trasgredido los articulos 6 y 7 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, segun los cuales queda prohibido el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, entre otros, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad; y que los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 276, entre otros, perciben la suma de trescientos nuevos soles (S/. 300.00) como aguinaldo por MORDAZA patrias y navidad, asi como la cantidad de cuatrocientos nuevos soles (S/. 400.00) como bonificacion por escolaridad; Que, de igual modo refiere el solicitante que la cobranza de mayor dinero del monto que esta permitido por ley transgrede el articulo 63 de la Ley Nº 27972, pues el MORDAZA debe proteger los bienes municipales y que la normativa en mencion busca controlar el poder que se otorga a aquellas personas que son elegidas para representarla, de tal manera que MORDAZA buen uso de los bienes y rentas que reciben y que de ninguna manera se utilice el cargo en beneficio propio o de terceros, indicando que ello lo ha definido el MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 00556-2012, del 31 de MORDAZA de 2012, (referida a la solicitud de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Tacna); Que, la vacancia segun el procedimiento establecido en el articulo 23 de la Ley Nº 27972, es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa; Que, segun el articulo 22, numeral 9, de la referida Ley, el cargo de MORDAZA o regidor se declara vacante por el concejo municipal, por incurrir en la causal establecida en el articulo 63 de dicha ley. Asimismo, el articulo 63 de esta ley, senala que el MORDAZA, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios publicos Miraflores en Sesion

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a CrediScotia Financiera S.A. la apertura de una agencia ubicada en el departamento de Huancavelica
RESOLUCION SBS Nº 8783-2012 MORDAZA, 21 de noviembre de 2012 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA (e) VISTA: La solicitud presentada por CrediScotia Financiera S.A., para que se le autorice la apertura de una agencia en Huancavelica, segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS N° 12883-2009 y Resolucion Administrativa N° 281-2012; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a CrediScotia Financiera S.A. la apertura de una agencia ubicada en Jr. Virrey MORDAZA N° 283, distrito, provincia y departamento de Huancavelica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca (e) 872548-1

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