Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2012 (03/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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biodiversidad y apoyo a las actividades de desarrollo de mercados en la Region MORDAZA, denominado Biocomercio MORDAZA, siendo PROMPERU la Unidad Ejecutora Nacional del Proyecto, el cual se ejecuta de manera simultanea en Colombia y Ecuador, siendo el objetivo del referido proyecto es contribuir con la conservacion y uso sostenible de la Biodiversidad, mediante la implementacion de estrategias que promuevan el comercio sostenible de bienes y servicios derivados de la biodiversidad, procurando la distribucion MORDAZA y equitativa de los beneficios; Que, el Comite de Gestion del Proyecto Biocomercio MORDAZA, instancia trascendental para la toma de decisiones de las Unidades Ejecutoras Nacionales del Proyecto, ha previsto realizar la reunion anual, a realizarse en la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, los dias 4 y 5 de diciembre de 2012, con la finalidad de presentar los avances repostados por cada MORDAZA, asi como la exposicion de los puntos de mejoras, a ser expuestos a las instituciones financiadoras UNEP, GEF y CAF; Que, por tal razon, a propuesta del Director de Promocion de las Exportaciones, la Secretaria General de PROMPERU solicita que se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, quien presta servicios en dicha institucion, a la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador para que en representacion de PROMPERU participe en la referida Reunion con el fin de realizar acciones de promocion de exportaciones del sector servicio Biocomercio. Asimismo, el Banco de Desarrollo de MORDAZA Latina ­ CAF, cubrira el costo de alojamiento y alimentacion del representante de PROMPERU; Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Guayaquil, Republica de Ecuador, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, del 4 al 6 de diciembre de 2012, para que en representacion de PROMPERU, participe en la reunion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos : US$ 1 121,00

CULTURA
Aprueban el Plan Estrategico Institucional (PEI) 2012 - 2016 del Ministerio de Cultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 440-2012-MC MORDAZA, 30 de noviembre de 2012 VISTO, el Informe N° 464-2012-OGPP-SG/MC de fecha 20 de noviembre de 2012, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del Articulo 23° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece como funcion de los Ministerios, entre otros, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del Articulo 25° de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el MORDAZA de planeamiento estrategico sectorial, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuacion; y asignar los recursos necesarios para su ejecucion, dentro de los limites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, asi tambien el numeral 71.1 del Articulo 71° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboracion de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estrategico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1088 se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico orientado al desarrollo de la planificacion estrategica como instrumento tecnico de gobierno y gestion para el desarrollo armonico y sostenido del MORDAZA y el fortalecimiento de la gobernabilidad democratica en el MORDAZA del Estado constitucional de derecho; en cuya estructura general se encuentran los organos del gobierno nacional con responsabilidades y competencias en el planeamiento estrategico; Que, con Decreto Supremo N° 054-2011-PCM se aprobo el Plan Estrategico de Desarrollo Nacional (PEDN) denominado PLAN BICENTENARIO: El Peru hacia el 2021 por el Centro Nacional de Planeamiento Estrategico (CEPLAN), en el cual se han establecido 31 Politicas de Estado del Acuerdo Nacional, dentro de una de las cuales se encuentra la promocion de la cultura; constituyendo dichas politicas el MORDAZA orientador para la definicion de los objetivos nacionales, las politicas, y las metas y acciones de dicho Plan Bicentenario; debiendo las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico ajustar sus Planes Estrategicos a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional previstos en el referido; Que, el Ministerio de Cultura, de acuerdo a su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC, es un organismo del Poder Ejecutivo, siendo competente en materia de cultura a lo largo del territorio nacional, comprende al Sector Cultura, constituyendose en su ente rector; y como tal, es responsable del diseno, establecimiento, ejecucion y supervision de las respectivas politicas nacionales y sectoriales; Que, asimismo, el literal b) del numeral 3.3.1 del Articulo 3°, establece que el Ministerio de Cultura tiene como una sus funciones especificas exclusivas, la de formular y aprobar los planes nacionales y sectoriales; Que, el literal b) del Articulo 33° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, senala entre las funciones de la Oficina de Planeamiento

Articulo 3°.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la reunion al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 873473-2

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