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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480742 N° 013-2012-MIDIS y Resolución Ministerial N° 205- 2012-MIDIS, al señor Mario Nicolás Suito Sueyras, como representante de los gremios empresariales. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el portal electrónico del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 877676-1 Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2012-MIDIS Lima, 10 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2012- MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en el cual se contempla la Ofi cina General de Comunicaciones como el órgano de apoyo, encargado de la formulación e implementación de estrategias de comunicación, responsable de dirigir y coordinar las actividades de imagen institucional y la difusión de los hechos de relevancia, logros institucionales y políticas del sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 137- 2012-MIDIS, se designó a la señora Magnolia Julia Pinedo Cárdenas como Jefa de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de Jefa de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 13 de diciembre de 2012, habiéndose considerado conveniente aceptarla; Que, en virtud a lo expuesto, resulta necesario encargar las funciones del cargo de Jefe de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en tanto se designe a su titular; De conformidad con las atribuciones previstas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 13 de diciembre de 2012, la renuncia formulada por la señora Magnolia Julia Pinedo Cárdenas como Jefa de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir del 13 de diciembre de 2012, al señor Iván Armando Castillo Cuadra las funciones del cargo de Jefe de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 877676-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban operación de endeudamiento externo y aporte financiero no reembolsable con el KfW DECRETO SUPREMO Nº 247-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Artículo 4º de la Ley Nº 29814, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2012, modifi cada por la Ley Nº 29855, Ley de Recomposición de los Montos de Endeudamiento previstos en el Artículo 4º de la Ley Nº 29814, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 610 550 000,00 (MIL SEISCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de dicha autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW, hasta por EUR 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 EUROS), destinada a fi nanciar parcialmente el Programa “Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco”; Que, tal operación de endeudamiento se efectuará con cargo al Sub-Programa “Sectores Económicos y Sociales” referido en el literal a) del numeral 4.1 del Artículo 4º de la Ley Nº 29814, y su modifi catoria; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por esta operación de endeudamiento externo, se cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación; Que, la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF; y la Ley Nº 29814, y su modifi catoria; Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en la Décimo Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico y fi nanciero, ligadas a operaciones de endeudamiento público, que se otorguen a favor del Estado Peruano y cuya ejecución corresponda al gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, fondos contravalor, fondos, entre otros, están a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, el Gobierno de la República Federal de Alemania, a través del Kreditanstalt für Wiederaufbau- KfW, otorgará un Aporte Financiero No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de EUR 4 000 000,00 (CUATRO MILLONES Y 00/100 EUROS), para fi nanciar parcialmente el citado Programa; por lo que resulta necesario formalizar la aceptación del referido Aporte Financiero No Reembolsable; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, la Ley Nº 29814 y su modifi catoria, y por la Resolución Directoral Nº 05-2006- EF/75.01, que aprueba la “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público”; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;