Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2012 (13/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2012

reglamento, siendo que para dichos efectos sera necesaria la expedicion de la resolucion autoritativa del titular de la entidad, para lo cual el Procurador Publico debera emitir un informe precisando los motivos de la solicitud; Que, en tal sentido, y a fin de respetar el MORDAZA normativo citado, resulta necesario dotar a la Procuraduria Publica del Ministerio de la Produccion, de los poderes suficientes para conciliar en los procesos judiciales bajo el MORDAZA de la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo; Con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, en concordancia con lo establecido en el articulo 38º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de la Produccion, y a su Procurador Adjunto, para que en los procesos judiciales que se tramiten bajo los alcances de la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, y cualquier otro relacionado con esta materia, puedan conciliar en las audiencias respectivas, o en cualquier oportunidad que conforme a ley y salvaguardando los intereses del Ministerio de la Produccion, puedan llevar a cabo; quedando facultados para decidir las conciliaciones a que hubiere lugar. Articulo 2°.- La autorizacion otorgada en el articulo precedente debera ser ejercida en MORDAZA con lo dispuesto en el Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, salvaguardando los intereses del Ministerio de la Produccion. Articulo 3°.- La Procuraduria Publica del Ministerio de la Produccion debera informar mensualmente a la titular del Sector sobre las conciliaciones realizadas en merito a la autorizacion conferida en el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 876848-1

Articulo 1º.- Remitase al Congreso de la Republica la documentacion relativa al Acuerdo por intercambio de Notas entre la Republica del Peru y el Estado Plurinacional Bolivia que precisa determinadas disposiciones del "Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Peru", formalizado el 1 de octubre de 2012. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 877993-7

Modifican R.M. N° 1132/RE que autorizo viaje de personal del Ministerio a la Republica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1287/RE-2012 MORDAZA, 6 de diciembre de 2012 VISTA: La Resolucion Ministerial Nº 1132/RE, de 31 de octubre de 2012, que autorizo el viaje en comision de servicios, de la senorita MORDAZA Vignolo MORDAZA, Contratada Administrativa de Servicios, de la Oficina General de Comunicacion, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 15 al 16 de noviembre de 2012, para que participe en la XIII Reunion del Comite de Frontera Peru ­ Chile; CONSIDERANDO: Que, el articulo MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 1132/RE, de 31 de octubre de 2012, dispuso la suma de US$ 400.00, a favor de la senorita MORDAZA Vignolo MORDAZA, por concepto de viaticos, para que realice el viaje consignado en la citada Resolucion; Que, en la resolucion MORDAZA senalada se debio consignar la suma de US$ 600.00, a favor de la senorita MORDAZA Vignolo MORDAZA, Contratada Administrativa de Servicios; por lo que resulta necesario modificar el articulo MORDAZA de la mencionada resolucion; Teniendo en cuenta los Memoranda (DDF) N° DDF0792/2012, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de 06 de noviembre de 2012; y (OPR) Nº OPR0782/2012, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 22 de noviembre de 2012, que otorga ampliacion de certificacion de credito presupuestario a favor de la senorita MORDAZA Vignolo Corrales; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Resolucion Ministerial 0531-2011/RE, que aprueba la Directiva para la aplicacion del Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, y su Reglamento; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 1132/RE, de 31 de octubre de 2012, en lo que respecta a los viaticos a favor de la senorita MORDAZA Vignolo MORDAZA, Contratada Administrativa de Servicios, de la

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la Republica la documentacion relativa al Acuerdo por intercambio de Notas con Bolivia que precisa determinadas disposiciones del "Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Peru"
RESOLUCION SUPREMA Nº 265-2012-RE MORDAZA, 12 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del Acuerdo por intercambio de Notas entre la Republica del Peru y el Estado Plurinacional Bolivia que precisa determinadas disposiciones del "Protocolo Complementario y Ampliatorio a los Convenios de Ilo suscritos entre Bolivia y Peru", formalizado el 1 de octubre de 2012; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 102º inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el primer parrafo del articulo 2º de la Ley Nº 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano;

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