Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (13/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480748 Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, para el período 2011-2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 877488-2 Constituyen Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0501-2012-ED Lima, 11 de diciembre de 2012 VISTO: el Informe N° 004-2012-MINEDU/SG-UDENA, emitido por la Unidad de Defensa Nacional; y, CONSIDERANDO Que, la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, establece que el SINAGERD es el sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, cuya fi nalidad es identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, la preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 29664 establece que las Entidades Públicas constituyen Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidades, función que es indelegable; Que, a través del artículo 18 del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado por Decreto Supremo N° 048- 2011-PCM, se establecen las funciones de los Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante Resolución Ministerial N° 276-2012- PCM, de fecha 24 de octubre de 2012, se aprobó la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD, “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”; Que, la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD establece que la aplicación de los lineamientos para la constitución, conformación y funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres comprende a las Entidades Públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, del mismo modo, la referida Directiva dispone que, en un plazo que no excederá los treinta (30) días hábiles contados desde su entrada en vigencia, los titulares de las Entidades Públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales constituirán los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres mediante la expedición de la resolución o norma equivalente, según corresponda, los que serán presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, así como por funcionarios de la Entidad; asimismo, establece que el mencionado Grupo se instalará en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores a su constitución; Que, en consecuencia, resulta necesario constituir el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Educación, dentro del plazo previsto en la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD; De conformidad con la Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510; y, el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE Artículo 1.- Constituir el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Educación, como espacio interno de articulación para el cumplimiento de las funciones de la gestión del riesgo de desastres, conformado por los siguientes funcionarios: - Ministro de Educación, quien lo presidirá. - Viceministro de Gestión Institucional. - Viceministro de Gestión Pedagógica. - Secretario General. - Secretario de Planifi cación Estratégica. - Jefe de la Ofi cina General de Comunicación Social y Participación Ciudadana. - Director General de Educación Básica Regular. - Director General de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural. - Director General de Educación Básica Alternativa. - Director General de Educación Superior y Técnico – Profesional. - Director General de Educación Básica Especial. - Director General de Tecnologías Educativas. - Director General de Desarrollo de las Instituciones Educativas. - Director General de Desarrollo Docente. - Director de Tutoría y Orientación Educativa. - Director de Promoción Escolar, Cultura y Deporte. - Jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional. - Jefe de la Ofi cina de Infraestructura Educativa. - Jefe de la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación. - Jefa de la Ofi cina de Coordinación Regional. - Jefe de la Unidad de Defensa Nacional. - Jefe de la Ofi cina General de Administración. - Jefe de la Unidad de Presupuesto. - Director de Educación Comunitaria y Ambiental, quien actuará como Secretario Técnico. El Grupo de Trabajo, a través de su Secretaría Técnica, podrá convocar a otras Unidades Orgánicas del Ministerio de Educación, cuando lo considere pertinente, a fi n de solicitar el apoyo necesario para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 2.- El Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1 de la presente Resolución asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 29664, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011- PCM; y, en la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGERD, “Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno”, aprobada por Resolución Ministerial N° 276-2012-PCM. Artículo 3.- El Director de Educación Comunitaria y Ambiental, en su cargo de Secretario Técnico del Grupo de Trabajo constituido en el artículo 1 de la presente Resolución, establecerá los mecanismos necesarios para la instalación, implementación y puesta en funcionamiento del referido Grupo. Artículo 4.- Disponer que se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 877488-3 Disponen que las instituciones educativas de educación básica regular incorporen en su Calendario Cívico Escolar el 23 de mayo como el “Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0502-2012-ED Lima, 11 de diciembre de 2012 Vistos, el Ofi cio N° 291-2012-ONDT/MINSA, y el Informe N° 435-2012/MINEDU/VMGP/DIGEBR/DES;