Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2012 (13/12/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480749

CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio N° 291-2012-ONDT/MINSA, el Director Ejecutivo de la Organizacion Nacional de Donacion y Trasplante, del Ministerio de Salud, solicita incorporar en el calendario escolar el "Dia Nacional del Donante de Organos y Tejidos"; Que, el articulo 16 de la Ley N° 27282, Ley de Fomento de la Donacion de Organos y Tejidos Humanos, declaro el 23 de MORDAZA de cada ano "Dia Nacional del Donante de Organos y Tejidos"; Que, el inciso 1) del articulo 8 de la Ley N° 28189, Ley General de donacion y trasplante de organos y/o tejidos humanos, establece que corresponde a los Sectores Salud y Educacion, en sus respectivas competencias, promover en la poblacion una cultura de solidaridad tendente a favorecer la donacion y trasplantes de organos y/o tejidos humanos, resaltando su caracter solidario, voluntario, altruista, desinteresado y los beneficios que suponen para las personas que los necesitan; Que, el Calendario Civico Escolar es el medio educativo que acopia las fechas mas significativas de nuestra historia y que integrada a otros acontecimientos trascendentes, contribuye a la formacion integral del educando y al afianzamiento de los valores nacionales, como la define el numeral 1.1 y el literal a) del numeral 1.2 de las Normas para las Celebraciones de Efemerides del Calendario Civico ­ Escolar, que fueron aprobadas por la Resolucion Directoral N° 3199-88-ED. El Calendario Civico Escolar tiene, entre otros fines, el de promover y afianzar el conocimiento y practica de los valores civico-patrioticos, en los Centros y Programas Educativos Estatales y No Estatales del pais; Que, en ese sentido, a traves del Informe N° 435-2012/ MINEDU/VMGP/DIGEBR/DES, la Direccion de Educacion Secundaria, de la Direccion General de Educacion Basica Regular, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion, considera que dentro del MORDAZA promotor del Ministerio de Educacion, establecido en el inciso 1) del articulo 8 de la Ley N° 28189, le corresponde disponer que todas las Instituciones Educativas Publicas y Privadas de Educacion Basica Regular, incorporen en su Calendario Civico Escolar el 23 de MORDAZA de cada ano, como el "Dia Nacional del Donante de Organos y Tejidos"; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510, y, el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion del Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer que todas las Instituciones Educativas Publicas y Privadas de Educacion Basica Regular incorporen en su Calendario Civico Escolar el 23 de MORDAZA de cada ano, como el "Dia Nacional del Donante de Organos y Tejidos". Articulo 2.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local, que adopten las medidas que estimen necesarias para el fiel cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

las funciones del Ministerio de Educacion, el definir las politicas sectoriales de personal; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, en su literal b) del articulo 80 establece como funcion de la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion, entre otras, Administrar y evaluar los procesos tecnicos y acciones de personal en el Ministerio de Educacion; Que, segun lo establecido en el articulo 8 del Capitulo III "Acceso al Empleo Publico" de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, el procedimiento de seleccion para el acceso al empleo publico, se inicia con la convocatoria que realiza la entidad y culmina con la resolucion correspondiente y la suscripcion del contrato; Que, resulta necesario contar con normas tecnicas relacionadas con la Contratacion de Personal Docente en Institutos y Escuelas de Educacion Superior Publicos, con el fin de uniformizar el procedimiento en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 0062012-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 018-2012MINEDU/SG-OGA-UPER, denominada "Normas para la Contratacion de Personal Docente en Institutos y Escuelas de Educacion Superior Publicos", la misma que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 017-2011ME/SG-OGA-UPER, aprobada por la Resolucion Jefatural Nº 875-2011-ED y demas normas administrativas referidas a la contratacion de personal docente en Institutos y Escuelas de Educacion Superior Publicos. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Prensa publique la presente Resolucion Ministerial y la Directiva aprobada en el articulo primero, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion http://www.minedu.gob.pe/ normatividad/normatividad/. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 877488-5

Oficializan la MORDAZA version del "Procedimiento para la Autorizacion y Registro de Entidades Evaluadoras Externas con fines de Acreditacion"
RESOLUCION Nº 47-2012-SINEACE/P MORDAZA, 6 de diciembre de 2012

MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 877488-4

VISTO: El Oficio Nº 915-2012-MINEDU/SG-SINEACECONEACES de 03 de diciembre 2012, que remite el Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, a traves de su articulo 5° establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad Educativa (SINEACE), garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el proposito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificacion profesional y desarrollo laboral; Que, el articulo 44° de la Ley N° 29158 "Ley Organica del Poder Ejecutivo", concordante con lo dispuesto en los

Aprueban Directiva "Normas para la Contratacion de Personal Docente en Institutos y Escuelas de Educacion Superior Publicos"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0503-2012-ED MORDAZA, 11 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, en el literal h) del articulo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, se establece como una de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.