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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 106

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de diciembre de 2012 480912 Aprueban Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal de Santiago de Surco DECRETO DE ALCALDÍA Nº 35-2012-MSS Santiago de Surco, 30 de noviembre del 2012 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Memorándum Nº 3221-2012-GGA-MSS y el Informe Nº 151-2012-VYM/GGA-MSS de la Gerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 842-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Inciso 25.1 del Artículo 25º de la Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental concordante con el Artículo 49º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, establecen que la Comisión Ambiental Municipal (CAM) es la instancia de gestión ambiental encargada de coordinar y concertar la política ambiental municipal, así como promover el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. Articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM; Que, mediante Ordenanza Nº 279–2006–MSS, publicada el 14.12.2006 y su modifi catoria la Ordenanza Nº 426-2012-MSS publicada el 03.06.2012, se Aprueba la Creación de la Comisión Ambiental Municipal de Santiago de Surco (CAM–MSS), como un organismo integrado por entidades públicas y privadas, que diseñan y proponen instrumentos de gestión ambiental, encargado de brindar apoyo en las gestiones de coordinación y concertación de la política ambiental local a través del diálogo y el acuerdo entre los actores locales y el Ministerio del Ambiente y de opinar sobre aprobación de los instrumentos de gestión ambiental del distrito; Que, mediante Memorándum Nº 3221-2012-GGA- MSS del 05.10.2012 de la Gerencia de Gestión Ambiental adjuntando el Informe Nº 151-2012-VYM/GGA-MSS del 03.10.2012, solicita la aprobación del Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal de Santiago de Surco, norma que complementa a la Ordenanza Nº 279-2006- MSS y su modifi catoria Ordenanza Nº 426-2012-MSS; que aprueba la Creación de la Comisión Ambiental Municipal, la misma que ya se encuentra instalada y que a la fecha no puede iniciar funciones en tanto no se encuentra reglamentada, compromiso contraído con la OEFA en la última supervisión de avances en gestión ambiental, del 16.08.2012; Que, el Artículo 2º del proyecto de Reglamento establece “La Comisión Ambiental Municipal tiene carácter multisectorial y está encargada de coordinar y concertar la Política Ambiental del Distrito de Santiago de Surco; promueve el diálogo y el acuerdo de los sectores público y privado, para llevar la gestión ambiental un nivel de efi cacia real, y que resuelva los problemas ambientales que sólo pueden ser enfrentados bajo mecanismos transectoriales y participativos”; por lo que requiere de un ordenamiento procedimental que valide sus acuerdos y acciones acorde con la normativa municipal vigente; Que, con Informe Nº 842-2012-GAJ-MSS del 31.10.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe el “Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal de Santiago de Surco”, en mérito a la propuesta elaborada por la Gerencia de Gestión Ambiental, la cual además ha emitido informe favorable en ese sentido, dado que la citada Comisión no puede ejercer las funciones que le corresponde en tanto no se apruebe su reglamento; Que, asimismo, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que se ha cumplido con el trámite de prepublicación a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, por tratarse de un instrumento de gestión en benefi cio directo de los vecinos del Distrito; Que, el primer párrafo del Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral…”; Que, mediante el Artículo Segundo de la Resolución Nº 1006-2012-RASS del 26.11.2012, se encargó al Teniente Alcalde señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN, el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad de Santiago de Surco, desde el 27 de noviembre al 02 de diciembre del 2012; Estando al Informe Nº 842-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Comisión Ambiental Municipal de Santiago de Surco, que consta de cinco (05) títulos, treinta y cuatro (34) artículos, y dos (02) disposiciones fi nales, que en Anexo Nº I, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información, publicar el presente Decreto de Alcaldía y el Anexo I, en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano. gob.pe y en el portal Institucional www.munisurco.gob. pe, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de enero del 2008. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Gestión Ambiental, hoy denominada Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y a la Gerencia de Tecnologías de la Información. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS PEREZ ALEMAN Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 878178-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Establecen plazo de regularización de edificaciones sin licencia de construcción ejecutadas hasta el 31 de julio del 2012 en el distrito, y otorgan beneficios en el pago de multas ORDENANZA MUNICIPAL N° 021-2012-CDB Bellavista, 23 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesión de fecha 23 de noviembre de 2012, y;