Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2012 (14/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2012

1) Formulario Unico de Edificaciones -FUE debidamente llenado firmado y MORDAZA por responsable de obra y el titular con Anexo A o B, de existir Condominos (3 originales y 1 copia). 2) MORDAZA literal de dominio de la SUNARP con antiguedad no mayor de 30 dias naturales (donde conste area, linderos y medidas perimetricas del terreno y rubro de cargas y gravamenes). 3) Documentacion (instrumento publico) que acredite que cuenta con derecho a edificar, en caso que el solicitante de la licencia de obra no sea el propietario. 4) En caso de personas juridicas se presentara vigencia poder expedida por el registro de personas juridicas con antiguedad no mayor a 30 dias naturales. 5) Declaracion Jurada de los profesionales que suscriben la documentacion tecnica y del Responsable de Obra, en la que se manifieste que se encuentra habilitado por su colegio profesional. 6) Carta de Seguridad de obra, firmada y sellada por Ingeniero Civil colegiado. 7) Autorizacion de la Junta de Propietarios para proyectos en inmuebles con unidades inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y bienes de Propiedad Comun, segun art 133º y 136º del D.S. Nº 035-2006- VIVIENDA. 8) Pago por derecho de tramite 1.5 % del Valor de Obra 9) Plano de Localizacion y Ubicacion Esc. 1:500 segun formato. 10) Planos de Arquitectura esc.: 1/75 (plantas, cortes y elevaciones) firmado y MORDAZA por el profesional constatador y por el titular (2 juegos y MORDAZA digital). 11) Planos de Seguridad y Evacuacion amoblado (2 juegos y MORDAZA digital) firmado y MORDAZA por el profesional responsable y el titular, (solo para): a. Edificaciones de mas de cinco pisos de uso residencial, a excepcion en las que la circulacion comun llega al MORDAZA piso y los pisos superiores formen parte de la misma unidad inmobiliaria. b. Edificaciones de concurrencia masiva de publico y/o uso diferente a vivienda. Para la emision de la licencia se verificara el cumplimiento del Art. 70 numeral 70.3 del D.S N° 0242007-VIVIENDA. NOTA:

la MORDAZA transgredida, el articulo pertinente y la precision de las observaciones tecnicas; asimismo, se debera precisar las obras adicionales de demolicion y remodelacion a ejecutar para lograr la aprobacion. En este caso la Municipalidad procedera a notificar al administrado a fin de que levante las observaciones formuladas por el verificador en un plazo de quince (15) dias habiles. La MORDAZA de nuevos planos renovara el plazo de evaluacion. d) En caso de que no se cumpla con presentar el levantamiento de las observaciones en el plazo establecido o que habiendose presentado el levantamiento de observaciones, se procedera a emitir la respectiva Resolucion de improcedencia, la cual sera notificada al administrado, con lo que concluira el procedimiento. e) Si el resultado del Acta de Verificacion es Conforme, se procedera a realizar la liquidacion de los derechos y la Multa resultante del valor de obra a regularizar, la cual debera ser cancelada por el administrado, sin reajustes a partir de la notificacion de la liquidacion efectuada. Una vez cancelada la liquidacion, se procedera a emitir la licencia de Obra Regularizando la Construccion de la Edificacion. - No sera aplicable la Regularizacion de Edificaciones Identificadas como: a) De Interes Arqueologico, historico y patrimonio cultural. b) De proteccion Ecologica. c) De riesgo para la salud e integracion fisica de los pobladores. d) Areas destinadas a inversiones publicas para equipamiento urbano. e) Reserva para obras viales o de interes Nacional, Regional o Local. f) Reserva Nacional. g) Areas publicas Articulo Sexto.- Encarguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo previsto en la presente Ordenanza; a la Secretaria General a la publicacion de dicho dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA electronico de la Municipalidad de Bellavista, para la difusion integra de la presente Ordenanza; DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Todas las edificaciones estatales o privadas frecuentadas por el publico en general deberan cumplir con art 1º y 2º MORDAZA A.120 "Accesibilidad para Personas con Discapacidad " del RNE. Articulo Quinto.- El procedimiento de regularizacion que comprende la admision, tramite, evaluacion y aprobacion del procedimiento de regularizacion debe observar lo siguiente: a) El expediente sera ingresado y admitido en mesa de partes de la Sub Gerencia Tramite Documentario y Archivo, la cual verificara el cumplimiento de los requisitos y pago exigidos, y de ser conforme, remitira el expediente a la Sub Gerencia de Obras Privadas para su evaluacion. Si el expediente estuviera incompleto se aplicara lo dispuesto en el articulo 125 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. b) La Sub Gerencia de Obras Privadas procedera en un plazo no mayor a quince (15) dias habiles a realizar los siguientes actos: 1. Efectuar la inspeccion ocular de la obra materia del pedido de regularizacion 2. Verificar que los planos presentados se encuentren de acuerdo a la obra existente. 3. Emitir un informe sobre la realidad fisica de la obra con respecto al cumplimiento de la normativa vigente y de los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecucion de la obra o en todo caso los parametros vigentes, no pudiendose aplicar ambos supuestos a la vez. c) Si el resultado del Acta de Verificacion es No conforme, el mismo debera ser justificado consignandose

Primera.- Facultese al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar, modificar la presente Ordenanza. Segunda.- Aquellos propietarios de edificaciones que no se acojan a la presente Ordenanza de Regularizacion de Edificaciones, seran pasibles de las sanciones conforme a lo establecido en el Articulo 30° de la Ley N° 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 877744-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican Informe Tecnico y el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 014-2012MDLP mediante la cual se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el periodo 2013
ORDENANZA Nº 017-2012-MDLP La MORDAZA, 10 de diciembre del 2012

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