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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2012 (08/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de enero de 2012 458872 Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, son sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 103 de fecha 22 de mayo de 2008, se resuelve aprobar de acuerdo con el Plano Nº 040-08-SGPUC-GDU/MDA el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para el terreno rústico de área 148,980.09 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, Otros Usos “OU”, Protección y Tratamiento Paisajista “PTP”; ubicado en el Fundo La Puruchuca situado en el Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, Que, mediante Resolución Nº 166-2008-MML-GDU- SPHU de fecha 11 de Junio de 2008, la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima resuelve establecer la conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 103 de fecha 22 de mayo de 2008, la cual resuelve aprobar de acuerdo con el Plano Nº 040-08-SGPUC-GDU/MDA el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para el terreno rústico de área 148,980.09 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM”, Otros Usos “OU”, Protección y Tratamiento Paisajista “PTP”; ubicado en el Fundo La Puruchuca situado en el Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 238 de fecha 04 de diciembre de 2009 se resuelve autorizar a la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís, un nuevo plazo de 12 meses para la ejecución de las obras de Habilitación Urbana, contados a partir de la emisión de la mencionada resolución (04 de diciembre de 2009), obras que serán ejecutadas conforme al Plano Nº 040-08-SGPUC- GDU/MDA aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 103 de fecha 22 de mayo de 2008, Que, mediante Plano y Código Catastral Nº 021-2010 de fecha 12/07/10 emitido por esta entidad municipal se deja constancia que el terreno de propiedad de la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís tiene un área de 136,112.70 m2 defi niéndose nuevo cuadro de coordenadas y medidas perimétricas señaladas en el Plano de Lotización adjuntado, Que, en la Partida Registral Nº 44830701, se tiene la inscripción de la Resolución Directoral Nacional Nº 928/ INC del 18/09/2001, Resolución Directoral Nacional Nº 879/INC del 04/12/2003 y Resolución Directoral Nacional Nº 241/INC del 17/02/2006 donde se resuelve declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica denominada “la Puruchuca”, en el distrito de Ate y aprobar el Plano Perimétrico Nº PP-012-INC-DREPH/DA/SDIC-2006 de fecha 30/01/06 con el área de 13.68 ha. y un perímetro de 1,509.02 ml. señalándose el área de afectación para la Ficha Electrónica Nº 1604601 (fi cha donde se indica el terreno, propiedad de la asociación), Que, mediante Acuerdo Nº 02 tomado en Sesión Nº 17- 10-CTDHU/MDA de fecha 02/12/10 la Comisión Técnica dictamina Conforme el trámite de Modifi cación de Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno rústico de área 136,112.70 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM” y Protección y Tratamiento Paisajista “PTP”, ubicado con frente a la Av. A constituido por el Fundo denominado “La Puruchuca” situado en el Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, Que, conforme al Segundo considerando de la Resolución de Gerencia Nº 103 de fecha 22 de mayo de 2008 se ha acreditado la cancelación de la primera cuota, mediante Recibo Nº 0004192265 de fecha 29/04/08, del Convenio de Fraccionamiento aprobado mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 045-2008-SGRyC-GAT/MDA de la Valorización Nº 014-2008-SGPUC-GDU/MDA por défi cit del aporte de Otros Fines y por proyectos de Habilitación Urbana con autorización para Ejecutar Obras. Habiendo realizado la consulta en la Sub Gerencia de Recaudación y Control de esta entidad municipal, la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís ha cumplido con cancelar las 5 cuotas restantes del precitado Convenio de Fraccionamiento mediante Recibo Nº 0004255222 de fecha 02/06/08, Recibo Nº 0004324284 de fecha 30/06/08, Recibo Nº 0004423115 de fecha 11/08/08, Recibo Nº 0004494894 de fecha 08/09/08, Recibo Nº 0004594065 de fecha 07/10/08; correspondiéndole al presente procedimiento administrativo elaborar la valorización por Proyectos de Habilitación Urbana y Autorización a Ejecutar obras del área modifi cada, Que, mediante Valorización N° 072-2010-SGPUC- GDU/MDA de fecha 07 de diciembre de 2010, se calculó por Proyectos y Control de Obras del área modifi cada la suma ascendente a S/. 9,906.15, y mediante Recibo N° 0007153304 con fecha 13/12/10, pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de dicha Valorización, Que, mediante el Anexo Nº 4865-10 con fecha 16/12/10, la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís representada por la Sra. Esperanza Luz Castañeda Fernández, comunica que deja el lote 8 de la Mz. “K”, los lotes 43 y 44 de la Mz. “M”, los lotes 9, 12, 13, 20 y 21 de la Mz. “Q”, el lote 5 de la Mz. “R” y el lote 20 de la Mz. “O” como lotes en garantía para el défi cit de los aportes de Parques Zonales y Ministerio de Educación. La representante legal no especifi ca qué lotes están designados para cuál défi cit de aporte, Que, mediante Informe Técnico Nº 088-2010-JLCHG de fecha 30 de Diciembre de 2010, emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro se señala que la Asociación de Vivienda ha cumplido con presentar la documentación y acreditar los pagos estipulados por el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Ate, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 29090 - LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, ORDENANZA Nº 836-MML Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 098-10-SGPUC-GDU/MDA, el Proyecto de Modifi cación de Habilitación Urbana Ejecutada denominada Urbanización “Alpamayo” con un área 136,112.70 m2 de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM” y Protección y Tratamiento Paisajista “PTP”, ubicado con frente a la Av. A constituido por el Fundo denominado “La Puruchuca” situado en el Valle de Ate Bajo, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA SAN FRANCISCO DE ASÍS para ejecutar la culminación de las obras de Habilitación Urbana restantes en el terreno de 136,112.70 m2 hasta el 30/12/2013, teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO AREA BRUTA TOTAL 136,112.70 m2 ÁREA BRUTA RDM 133,371.00 m2 AREA ÚTIL TOTAL 75,924.56 m2 Vivienda 72,369.45 m2 Ministerio de Educación 2,150.00 m2 Renovación Urbana 1,405.11 m2 AREA DE COMPENSACIÓN 999.18 m2 AREA DE VIAS 40,643.23 m2 ÁREA DE RECREACIÓN PÚBLICA 12,296.56 m2 ÁREA DE JARDINES Y ARBORIZACIÓN 3,507.47 m2 ÁREA BRUTA “PTP” 2,741.70 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS Para el caso del uso Residencial de Densidad Media “RDM” es igual al Área Bruta 133,371.00 m2; y de