Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2012 (08/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

458856

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de enero de 2012

En caso de disminucion de potencia y/o modificacion de ubicacion de estudios, no obstante no requerirse de aprobacion previa, el titular se encuentra obligado a comunicarlo a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Articulo 6º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 7º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion otorgada, los consignados en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como los senalados en la presente Resolucion. Articulo 8º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion podra solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado articulo 1º. Sin embargo, dicha solicitud tambien se entendera presentada si a la fecha del termino de la vigencia de la autorizacion el titular se encuentra operando y al dia en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovacion se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 9º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 10º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 11º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

287-2011-MTC/12.07.PELe Informe Nº 367-2011-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica Mexicana ha designado a AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V. para realizar servicios aereos regulares exclusivos de carga; Que, segun lo establecido en el Articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovacion del permiso de operacion cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realizacion de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V., de conformidad al "Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades Aeronauticas Civiles de la Republica del Peru y de los Estados Unidos Mexicanos" con fecha 03 de octubre del 2010, ratificada mediante Resolucion Ministerial N° 054-2011-MTC/01, la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 21 de MORDAZA del 2011, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 050-2008-MTC/12 del 19 de marzo del 2008, en las siguientes condiciones: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo Regular exclusivo de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

738365-1

Otorgan a Aerotransportes Mas de Carga S.A. de C. V. la renovacion y modificacion de su permiso de operacion de aviacion comercial: servicio de transporte aereo internacional regular de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 468-2011-MTC/12
MORDAZA, 20 de diciembre de 2011 Vista la solicitud de AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0502008-MTC/12 del 19 de marzo del 2008, se otorgo a AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V., la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de carga, por el plazo de cuatro (04) anos, contados desde el 20 de MORDAZA del 2007, hasta el 20 de MORDAZA del 2011; Que, con Documentos de Registro N° 2011-021205 del 11 de MORDAZA del 2011, Nº 065060 del 03 de junio del 2011, Nº 092110 del 09 de agosto del 2011, N° 133757 del 11 de noviembre del 2011 y N° 134375 del 14 de noviembre del 2011, AEROTRANSPORTES MAS DE CARGA S.A. DE C.V. requiere la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion a fin de incluir rutas y frecuencias; Que, segun los terminos del Memorando N° 11442011-MTC/12, Memorando N° 040-2011-MTC/12.POA, Memorando N° 370-2011-MTC/12.07.CER y Memorando N°

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y MORDAZA MORDAZA DEL AIRE: - MEXICO­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. - GUADALAJARA ­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. - MERIDA ­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. - ACAPULCO ­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. - MONTERREY ­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. - CANCUN ­ MORDAZA ­ VIRACOPOS Y/O MANAOS Y VV. PUNTOS INTERMEDIOS DERECHO DE TRAFICO) Y/O MAS ALLA (SIN

SAN MORDAZA Y/O GUATEMALA Y/O PANAMA Y/O CARACAS Y/O BOGOTA Y/O MORDAZA Y/O MEDELLIN Y/ O MANTA Y/O GUAYAQUIL Y/O MORDAZA Y/O MANAOS Y/O VIRACOPOS Y/O RIO DE JANEIRO Y/O SAO MORDAZA Y/O IQUIQUE Y/O LA PAZ Y/O MORDAZA Y/O MONTEVIDEO Y/O MORDAZA Y/O BUENOS AIRES. HASTA TRES (03) FRECUENCIAS SEMANALES EN TOTAL.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.