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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2012 (08/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de enero de 2012 458852 adquirió los derechos y obligaciones de la concesión otorgada originalmente a favor de ABR Ingenieros S.A.C., mediante la Resolución Ministerial N° 543-2008-EM, publicada el 29 de noviembre de 2008, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de acueductos, embalse, obras hidroeléctricas, de ocupación y de paso para la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, ubicada en el distrito y provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido la servidumbre convencional de acueductos, embalse, obras hidroeléctricas, de ocupación y de paso para la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, conforme consta en los Testimonios de Escritura Pública de fechas 21 de mayo de 2010, 23 de marzo de 2011 y 08 de julio de 2011, y minuta de fecha 24 de agosto de 2011, cuyas copias obran en el Expediente; Que, el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 275-2011-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión defi nitiva de generación de la que es titular Empresa Eléctrica Río Doble S.A., la servidumbre convencional de acueductos, embalse, obras hidroeléctricas, de ocupación y de paso para la Central Hidroeléctrica Las Pizarras, ubicada en el distrito y provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca, constituida mediante Contrato de Servidumbre, conforme consta en los Testimonios de Escritura Pública de fechas 21 de mayo de 2010, 23 de marzo de 2011 y 08 de julio de 2011, y minuta de fecha 24 de agosto de 2011, en los términos y condiciones estipulados en los mismos, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 11217811 CH Las Pizarras: Servidumbre de acueductos, embalse, obras hidroeléctricas, de ocupación y de paso Área de captación margen derecho Área de captación margen izquierdo Área de botadero propuesto 1 Área: 203 460,00 m2 Área: 4 100,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte C1 721 550.928 9 267 311.263 C2 721 578.131 9 267 273.031 C9 721 502.595 9 267 219.284 C10 721 478.136 9 267 255.176 Área: 7 200,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte C3 721 589.102 9 267 257.612 C4 721 612.850 9 267 224.236 C5 721 552.653 9 267 170.014 C6 721 463.678 9 267 123.525 C7 721 439.859 9 267 161.855 C8 721 514.337 9 267 202.052 Área: 29 000,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte D1 721 283.427 9 266 914.347 D2 721 340.586 9 266 873.736 D3 721 387.583 9 266 825.510 Privado Privado Privado Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 11217811 Área de botadero propuesto 2 Túnel de conducción y líneas de servicios auxiliares Área de tubería de baja presión Área casa de máquinas Vértice Este Norte D4 721 418.068 9 266 760.785 D5 721 438.391 9 266 706.213 D6 721 354.558 9 266 646.565 D7 721 303.750 9 266 702.406 D8 721 269.454 9 266 781.091 D9 721 214.836 9 266 836.932 D10 721 264.374 9 266 873.736 Área: 23 500,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte F1 720 074.274 9 265 981.568 F2 720 134.676 9 265 978.614 F3 719 955.800 9 265 767.016 F4 719 975.657 9 265 788.662 T20 720 000.000 9 265 714.441 T21 720 156.816 9 265 898.554 Área: 19 660,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte T3 721 557.162 9 267 174.076 T4 721 548.973 9 267 168.091 T16 720 183.507 9 265 872.873 T17 720 190.754 9 265 865.901 Área: 16 800,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte T18 720 223.097 9 265 834.784 T19 720 041.610 9 265 685.170 T20 720 000.000 9 265 714.441 T21 720 156.816 9 265 898.554 Área: 59 700,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte T20 720 000.000 9 265 714.441 T19 720 041.610 9 265 685.170 Privado Privado Privado Privado Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Propietario 11217811 Inicio de acceso 1 y 2 Vértice Este Norte M8 719 932.770 9 265 508.730 M7 719 884.570 9 265 430.580 M6 719 850.320 9 265 425.663 M5 719 830.901 9 265 437.614 M4 719 770.259 9 265 495.702 M3 719 779.548 9 265 631.080 M2 719 777.698 9 265 649.009 M1 719 909.490 9 265 778.110 Área: 47 460,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Este Norte ACC 1 721 801.000 9 267 203.000 ACC 2 720 899.000 9 266 122.000 Privado Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 735116-1