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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2012 (13/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de enero de 2012 459162 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El Expediente Nº 2011039942 presentado por Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros y el Informe Interno N° 802-2011-SMV/11.1 de fecha 28 de diciembre de 2011 de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1151-2006 del 11 de setiembre de 2006, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones autorizó el funcionamiento de “Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros” como empresa de seguros de ramos generales y de vida. Posteriormente, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS Nº 18437-2010 de fecha 30 de diciembre de 2010, aprobó el cambio de denominación social de la mencionada empresa a “Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros”; Que, Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de sus acciones comunes con derecho a voto en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores su decisión de admitir la solicitud de listado de los valores antes referidos y de elevar el expediente a esta institución para los fi nes correspondientes; Que, la documentación presentada por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así como aquella posteriormente remitida a la Superintendencia del Mercado de Valores por Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, se encuentra acorde con lo dispuesto por el artículo 5 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125-1998-EF/94.10 y el artículo 8 del Reglamento del Sistema Mvnet, aprobado por Resolución CONASEV N° 08-2003-EF/94.10; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de los valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y del Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), y; Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 079-1997-EF/94.10 y el artículo 45 numeral 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores; RESUELVE: Artículo 1.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas del capital social de Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2.- Inscribir las acciones representativas del capital social de Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores en internet (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Cardif del Perú S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese, ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 735046-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Asesores de la Superinten- dencia Nacional Adjunta de Tributos Internos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 006-2012/SUNAT Lima, 12 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley establece que las Resoluciones de designación de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 035-2010/SUNAT se designó como Asesores de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos a los trabajadores Renato Augusto Martín Asencios Angulo y Omar Iván Dávila Perales; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones a que se refi eren el considerando precedente y designar a las personas que asumirán dichos cargos considerados de confi anza en la Institución de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 055- 2011/SUNAT, que aprueba la actualización del Cuadro de Asignación de Personal de la SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° de la Ley N.° 27594 y el inciso i) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Asesores de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos a los siguientes trabajadores, dándoseles las gracias por su desempeño en los mismos. - Renato Augusto Martín Asencios Angulo. - Omar Iván Dávila Perales. Artículo 2°.- Designar como Asesores de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos a las siguientes trabajadoras. - Ana Milagros Requena Rodríguez. - Jackeline Edith López Sotelo. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 740185-1