TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de enero de 2012 459153 DICE : “GERENTE PÚBLICO Edgard Delgado Ortega” DEBE DECIR: “GERENTE PÚBLICO Edgar Delgado Ortega” 740312-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Dejan sin efecto 4 Normas Técnicas Peruanas sobre asbesto RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 060-2011/CNB-INDECOPI Lima, 21 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, a la fecha, se encuentran vigentes cuatro Normas Técnicas Peruanas referidas a productos en cuya fabricación se emplea asbesto. Que, la Organización Internacional para la Normalización -ISO- ha dejado sin efecto las siguientes Normas Técnicas Internacionales, las cuales sirvieron de base a las mencionadas cuatro Normas Técnicas Peruanas: - ISO 160:1980 TUBOS A PRESION DE ASBESTO- CEMENTO Y UNIONES (Asbestos-cement pressure pipes and joints) - ISO 2785:1985 NORMAS PARA LA SELECCION DE TUBOS DE ASBESTO CEMENTO SOMETIDOS A CARGAS EXTERNAS CON PRESION INTERNA O SIN ELLA (Directives for selección of asbestos-cement pipes subject to external loads with or without internal pressure) - ISO 881:1980 TUBOS DE ASBESTO - CEMENTO. Uniones y accesorios para alcantarillado y drenaje (Asbestos-cement pipes, joints and fi ttings for sewerage and drainage) - ISO 396-3:1980 PRODUCTOS DE CEMENTOS CON FIBRA DE REFUERZO. PARTE 3. Planchas planas de asbestocemento - celulosa (Products in fi bre reinforced cement - Part 3: Cellulose- asbestos-cement fl at sheets) Que, además, el artículo 7.3 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación autoriza a esta Comisión a revisar las Normas Técnicas Peruanas cuando ello sea necesario para promover la calidad de los productos que se ofertan en el mercado; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisión, con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 21 de diciembre de 2011. RESUELVE: DEJAR SIN EFECTO las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 160:1997 TUBOS A PRESIÓN DE ASBESTO- CEMENTO Y UNIONES NTP-ISO 2785:1997 NORMAS PARA LA SELECCIÓN DE TUBOS DE ASBESTO CEMENTO SOMETIDOS A CARGAS EXTERNAS CON PRESION INTERNA O SIN ELLA NTP-ISO 881:1997 TUBOS DE ASBESTO - CEMENTO. Uniones y accesorios para alcantarillado y drenaje NTP-ISO 396-3:1998 PRODUCTOS DE CEMENTOS CON FIBRA DE REFUERZO. PARTE 3. Planchas planas de asbestocemento - celulosa Con la intervención de los señores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco, Fabián Novak Talavera y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización de Barreras Comerciales no Arancelarias 739739-1 Aprueban Adenda 1 a Norma Técnica Peruana sobre actividades relacionadas con los servicios de agua para consumo humano y de agua residual RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 062-2011/CNB-INDECOPI Lima, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB-INDECOPI; Que, el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas vigentes, establece en su artículo 16º que las Normas Técnicas Peruanas que tengan errores evidentes serán revisadas por el Comité Técnico de Normalización, quien elaborará una Adenda; Que, toda vez que las actividades de elaboración y revisión de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización de Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de servicio e indicadores de desempeño, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el Comité Técnico de Normalización citado, presentó el Proyecto de Adenda a la Norma Técnica Peruana PNTP- ISO 24510/AD 1, el 27 de diciembre de 2011 El Proyecto de Adenda a la Norma Técnica Peruana fue elaborado de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas; Que, la Comisión acorde a lo informado por el mencionado Comité, confi rmó la necesidad de aprobar la Adenda 1 a la Norma Técnica Peruana;