Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

alternara el 2º, 3°, 4º y 5° Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA San Borja. 1° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo: a cargo solo por el mes de vacaciones de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara el 2° Juzgado de Paz Letrado de Surquillo. 2° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores: a cargo de la doctora MORDAZA DEYBY MORDAZA CARDO, quien alternara el 1°, 3°, 4° y 5° Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. 2º Juzgado de Paz Letrado de Chosica: a cargo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien alternara el 1° Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho - Chosica. 1° Juzgado de Paz Letrado de Chaclacayo: a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LIMA. 1º Juzgado de Paz Letrado de Matucana ­ Huarochiri: a cargo solo por el mes de vacaciones, de la doctora MORDAZA MORDAZA CUNYA. 3º Juzgado Transitorio de Paz Letrado de Lima: a cargo de la doctora ENA MORDAZA MORDAZA NOLORVE, quien alternara el 1° y 2° Juzgado Transitorio de Paz Letrado de Lima. Juez Supernumerario de los Juzgados de Paz Letrados: a cargo del doctor MORDAZA JURO CABALLERO. Articulo Segundo.- Disponer que las MORDAZA y Juzgados Penales Especiales de Lima; asi como los Juzgados Supraprovinciales, programen el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad de servicio, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones adoptadas al respecto. Articulo Tercero.- Los Organos Jurisdiccionales de emergencia seguiran conociendo los procesos a su cargo y atenderan exclusivamente las materias senaladas en el articulo 3º de la Resolucion Administrativa Nº 290-2011CE- PJ. Articulo Cuarto.- Los senores Magistrados que no cuenten con el record exigido para su goce vacacional y no han sido considerados como organos de emergencia, continuaran sus labores jurisdiccionales en los Despachos correspondientes. Articulo Quinto.- Los Magistrados de Primera Instancia, que se encuentren a cargo de los Despachos de los Juzgados Especializados en lo Penal y Juzgados Mixtos, designados como organos de emergencia, desarrollaran los turnos correspondientes en el Juzgado de Turno Permanente. Articulo Sexto.- De conformidad con lo expuesto en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 290­2011­CE-PJ, en cada Juzgado Penal, en que el personal se encuentre gozando de vacaciones en el mes de febrero proximo, se designara un tecnico judicial o asistente judicial a fin de que previo inventario y bajo responsabilidad, reciba y tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para que se de tramite a asuntos materia de requerimiento inmersos dentro de los previstos en el articulo tercero de la acotada resolucion administrativa; debiendo asimismo, al vencimiento del periodo vacacional, retornar bajo inventario, los procesos que recibio. Articulo Setimo.- La Administracion Distrital dispondra la permanencia en el mes de vacaciones, de un personal en cada uno de los organos jurisdiccionales que no han sido considerados como de emergencia, del personal minimo necesario en los organos jurisdiccionales de emergencia, asi como en los organos de apoyo administrativo y servicios judiciales. Articulo Octavo.- Los magistrados y personal auxiliar que trabajen del 01 de febrero al 01 de marzo del ano en curso, haran uso de vacaciones segun las necesidades del servicio, entre los meses de MORDAZA a noviembre del presente ano, previa autorizacion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial o de esta Presidencia, siempre y cuando cumplan el record laboral exigido. Articulo Noveno.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,

del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administracion Distrital y de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 740623-4

ORGANOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Estructura de Cargos Clasificados y Cuadro para Asignacion de Personal de la Contraloria General de la Republica
RESOLUCION DE CONTRALORIA N° 012-2012-CG MORDAZA, 12 de enero de 2012 Visto, la Hoja Informativa Nº 00010-2012-CG/DH emitida por el Departamento de Gestion y Desarrollo Humano de la Contraloria General de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica faculta al Contralor General a determinar la organizacion interna y el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de este Organismo Superior de Control; Que, mediante Resolucion de Contraloria N° 385-2011CG se aprueba la version actualizada del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, estableciendose, entre otros, la conformacion y funciones de la Gerencia del Sistema Nacional de Atencion de Denuncias, organo encargado de organizar, dirigir y supervisar el Sistema Nacional de Atencion de Denuncias, asi como del Departamento de Atencion al Ciudadano y Organizacion de Casos y del Departamento de Verificacion de Denuncias, dependientes de dicha Gerencia; Que, a fin de asegurar la operatividad de las unidades organicas incorporadas y/o modificadas en la estructura organica aprobada, que permitan la implementacion, sostenibilidad y funcionamiento del Sistema Nacional de Atencion de Denuncias, resulta necesario contar con una adecuada capacidad operativa para dicho efecto, por lo cual de acuerdo a lo coordinado con la Alta Direccion se ha determinado un MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal ­CAP; Que, de acuerdo al documento del visto, el Departamento de Gestion y Desarrollo Humano propone, de conformidad a la normativa MORDAZA indicada, a efectos de contar con la capacidad operativa para una adecuada implementacion, sostenibilidad y funcionamiento del referido Sistema y para asegurar la operatividad de las unidades organicas creadas y/o modificadas, la aprobacion de la Estructura de Cargos Clasificados, el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP y la determinacion de los Cargos de Confianza de la Contraloria General de la Republica, los cuales reunen las caracteristicas senaladas en el articulo 43° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; Que, siendo la propuesta de modificacion del CAP formulada a partir de la aprobacion de la nueva estructura organica, resulta de aplicacion lo dispuesto en el literal a) del articulo 16° de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica, aprobados

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