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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2012 (23/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de enero de 2012 459672 RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Convenio Internacional sobre Embargo Preventivo de Buques 1999”, fue adoptado el 12 de marzo de 1999, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 744281-11 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Convenio Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 017-2012-RE Lima, 21 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la “Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas”, fue adoptada el 20 de diciembre de 2006; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56° inciso 1 y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Convenio Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas”, adoptada el 20 de diciembre de 2006. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 744281-12 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta”, y su Protocolo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2012-RE Lima, 21 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la Doble Tributación y para prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta”, y su Protocolo que constituye parte integrante del mismo, fueron hechos el 27 de abril de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación de los citados instrumentos jurídicos internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56° y 102° de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta” y su Protocolo que constituye parte integrante del mismo, hechos el 27 de abril de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 744281-13 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Reclasifican Ruta Departamental o Regional como Ruta Nacional, asignándosele el Código N° PE-18 B RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2012-MTC/02 Lima, 19 de enero de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nos. 293-2011-GRH/PR y 460-2011-GRH/ PR del Gobierno Regional de Huánuco; los Memorándum Nos. 2697-2011-MTC/20, 3306-2011-MTC/20, 3763-2011- MTC/20 y No. 3896-2011-MTC/20 del Provías Nacional; los Informes Nos. 395-2011-MTC/14.07 y 478-2011-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, los Memorándum Nos. 3222-2011-MTC/14 y 3846-2011-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante los Ofi cios Nos. 293-2011-GRH/PR y 460-2011-GRH/PR presentados el 05 de julio y 04 de octubre de 2011, respectivamente; el Gobierno Regional de Huánuco solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC, la reclasifi cación de la Ruta Departamental o Regional HU-112 con Trayectoria: Emp. PE-18 A (Pte. Rancho) – Umari – Panao – Chaglla – Tomayrica – Cueva Blanca – Abra Alegría – Emp. PE-5N A (Dv. Codo de Pozuzo), como Ruta Nacional, al amparo del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2007-MTC y su modifi catoria, en adelante el Reglamento, sosteniendo que se encuentra imposibilitado de asumir los gastos de las obras viales que deben implementarse en dicha ruta;