Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2012 (23/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de enero de 2012

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 021-2012-MTC/02.Reclasifican Ruta Departamental o Regional como Ruta Nacional, asignandosele el Codigo No. PE-18 B 459672 R.VM. N° 026-2012-MTC/03.Modifican planes de canalizacion y asignacion de frecuencias del servicio de radiodifusion sonora en FM de diversas localidades del departamento de MORDAZA 459673 R.VM. N° 027-2012-MTC/03.- Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA 459674 R.VM. N° 028-2012-MTC/03.- Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA 459675 R.VM. N° 030-2012-MTC/03.- Renuevan autorizacion otorgada a Radio Huascaran S.R.L. para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA 459677 R.VM. N° 034-2012-MTC/03.- Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de MORDAZA 459678 R.VM. N° 035-2012-MTC/03.- Otorgan autorizacion a persona natural para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en FM 459680

R.VM. N° 036-2012-MTC/03.- Otorgan autorizacion a la Asociacion Cultural Bethel para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en FM 459681

PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 16-2012-P-CSJCL/PJ.Establecen disposiciones para el funcionamiento de Organos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, durante las vacaciones del ano judicial 2012 459683 Res. Adm. N° 24-2012-P-CSJCL/PJ.- Reconforman MORDAZA Superiores de Emergencia para el periodo vacacional de la Corte Superior de Justicia del Callao y disponen la reconformacion de organos jurisdiccionales de emergencia 459685

ORGANOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Res. N° 0040-2012-ANR.- Amplian plazo otorgado, mediante la Res. N° 1176-2011-ANR, a la Comision de Orden y Gestion de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo 459686

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Establece medidas complementarias para acceder a la subvencion economica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"
DECRETO SUPREMO Nº 008-2012-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad de otorgar subvenciones economicas a las personas adultas en condicion de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos por la indicada norma; Que, a traves del Decreto de Urgencia N° 056-2011, se determina las caracteristicas generales de la subvencion economica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" y se establece las medidas presupuestales y financieras necesarias para su funcionamiento, disponiendose como plazo de vigencia del referido dispositivo hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusion Social (SINADIS), como sistema funcional, y el sector Desarrollo e Inclusion Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29792 dispone la adscripcion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la que ha quedado formalizada a partir del 01 de enero de 2012, segun lo

establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 001-2011MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, luego de la adscripcion del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, se ha determinado la necesidad de modificar algunos aspectos vinculados con el acceso a la subvencion economica que se otorgara a los usuarios del citado programa; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158; la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411; y, la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, Ley N° 29792; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion de la MORDAZA de Creacion de Pension 65 Modifiquese el articulo 3, los numerales 4.2 y 4.3 del articulo 4, el articulo 5 y la Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, Decreto Supremo que crea el Programa Social denominado Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 3.- Requisitos para ser usuarios del Programa "Pension 65" 3.1. Son usuarios del Programa "Pension 65", las personas adultas a partir de sesenta y cinco (65) anos de edad que se encuentren en condicion de extrema pobreza de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH). 3.2. La condicion de usuario del Programa "Pension 65" es incompatible con la percepcion de cualquier pension o subvencion que provenga del ambito publico o privado, incluyendo a EsSalud, asi como ser usuario de algun programa social, a excepcion del Seguro Integral de Salud (SIS) y el Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion (Pronama). 3.3. Para acceder a los beneficios del Programa "Pension 65", los potenciales usuarios deberan entregar, al representante debidamente acreditado del Programa "Pension 65", MORDAZA de su Documento Nacional de Identidad (DNI) y una declaracion jurada, debidamente suscrita, conforme al formato previsto en el Anexo 1. Articulo 4.- Administracion del Programa "Pension 65" y pago de la subvencion (...) 4.2. El Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) comunica el padron de personas elegibles al Programa "Pension

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