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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de enero de 2012 459663 Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US$ 240.00 x 02 días x 22 personas = US$ 10,560.00 TOTAL = US$ 10,560.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 744281-7 Autorizan viaje de delegación que acompañará al Ministro de Defensa en su Visita Oficial a Colombia y Venezuela RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 021-2012-DE/ Lima, 21 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Estado en la Cartera de Defensa realizará una Visita Ofi cial a la República de Colombia y a la República Bolivariana de Venezuela, el 25 de enero y del 26 al 27 de enero de 2012, respectivamente, con la fi nalidad de impulsar los temas bilaterales y multilaterales de interés común que afi rmarán los lazos de amistad y cooperación en el ámbito de la Seguridad y Defensa de los citados países; Que, la cooperación en el campo de la seguridad y defensa, es un elemento vital para la actividad conjunta en lo relacionado a la transformación, construcción y perfeccionamiento del sistema de seguridad mundial; Que, la aparición de nuevas amenazas a la seguridad internacional, plantea retos y desafíos a los países de la Región, que buscan fortalecer el diálogo, la consulta y la cooperación que propongan soluciones compartidas para combatir este fl agelo; Que, se vienen incrementando los niveles de seguridad fronteriza entre Perú y Colombia mediante la implementación de los entendimientos alcanzados en las reuniones de la Comisión Binacional Fronteriza “COMBIFRON”; Que, asimismo, en el ámbito de las relaciones bilaterales, es importante promover el intercambio y cooperación, con el objeto de implementar iniciativas concretas que busquen desarrollar la capacitación, investigación y desarrollo tecnológico e industrial en el Sector Defensa; Que, por tal motivo resulta necesario para los intereses institucionales, autorizar el viaje de la delegación que acompañará al señor Ministro de Defensa en los citados encuentros bilaterales; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, ítems 86, 148, 183 y 212 del Anexo 1 del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema N° 014-2012-DE de fecha 13 de enero de 2012 y en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, ítems 1 y 4 del Anexo 1, de la Resolución Suprema N° 017-2012-DE de fecha 20 de enero de 2012, que modifi ca el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012; Que, el traslado aéreo de la delegación a las citadas reuniones estará a cargo del Ejército del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29605 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, de la delegación que acompañará al señor Ministro de Defensa a la República de Colombia y a la República Bolivariana de Venezuela, del 24 al 27 de enero de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, la misma que estará integrada por: Ministerio de Defensa: - Señor Cosme Mariano GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, Jefe de Gabinete de Asesores. - Embajador Mario Juvenal LÓPEZ CHÁVARRI, Director General de Relaciones Internacionales. - Capitán de Navío AP Francisco Rafael QUIROZ MATUK, Director de Asuntos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Internacionales. - Señor Ángel CASTILLO FERNÁNDEZ, Jefe de la Ofi cina de Prensa. - Comandante FAP Alvaro CASTRO TORANZO, Edecán del Ministro de Defensa. Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas - General de Ejército Luis Ricardo HOWELL BALLENA, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. Instituciones Armadas - Mayor General FAP Carlos Enrique CHÁVEZ CATERIANO, Representante de la Fuerza Aérea del Perú. - General de Brigada EP Carlos Alberto PAZ FIGUEROA, Representante del Ejército del Perú. - Capitán de Navío AP Juan Carlos MONTENEGRO VALDERRAMA, Representante de la Marina de Guerra del Perú. - Coronel EP Dante BALLENA CARRASCO, Representante del Ejército del Perú. - Coronel EP Rubén Jacobo CHUCOS TORRES, Representante del Ejército del Perú. Artículo 2.- El traslado aéreo de la delegación a las citadas reuniones estará a cargo del Ejército del Perú. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Comisión de Servicio por concepto de viáticos, serán cubiertos por la Unidad Ejecutora del Pliego Presupuestal 026: Ministerio de Defensa, a la que pertenezca el personal en Comisión de Servicio, de acuerdo al siguiente concepto: Viáticos: US$ 200.00 x 11 personas x 4 días Artículo 4°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.