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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2012 (08/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2012 470253 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe N° 0029-2012-MDB/DP de fecha 25 de junio del 2012 de la Dirección de Participación Vecinal, sobre la posibilidad de prorrogar una semana las elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú consagrada en sus artículos 2° numeral 17 y 31°el derecho de toda persona participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la nación, siendo derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción; Que, el artículo 102° de la Ley Orgánica de la Municipalidades N° 27972 establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales y está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, los regidores distritales, los Alcaldes de Centro Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas, nativas asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organizaciones de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 002- 2012-CDB, se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista; Que, el Artículo 24° de la norma citada presente faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias pertinentes para su aplicación, en ese sentido, mediante D.A. N°003-2009-MDB se aprobó el Proceso de Elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Bellavista para el periodo 2009-2010; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 203-2012-MUDIBE-OAJ de fecha 28 de junio del 2012, considera procedente la modifi cación del artículo 2° del Decreto de Alcaldía N° 007-2012-MDB; Que, mediante el informe de vistos, la Dirección de Participación Vecinal, manifi esta la posibilidad de prorrogar una semana las elecciones de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; DECRETA Artículo 1°.- Reprogramar la fecha de Elecciones Distritales de los representantes de la Sociedad Civil conforme se detalla: CRONOGRAMA: INSCRIPCIONES : DEL 02 AL 10 DE JULIO 2012 DEPURACION DE INSCRIPCIONES : DEL 11 AL 12 DE JULIO 2012 PUBLICACION DE LISTAS : 13 DE JULIO 2012. ELECCIONES : 21 DE JULIO 2012. HORA : 09:00 AM LUGAR : SALON DE ACTOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA Artículo 2°.- Encargar a la Comisión Constituida por Ordenanza Municipal N° 002-2012, cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 810753-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan participación de regidor en evento a realizarse en EE.UU. ACUERDO MUNICIPAL N° 053-2012-MPC Cusco, 4 de junio de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante carta de fecha 9 de mayo de 2012, la señora Rose M. Likins, Embajadora de los Estados Unidos de América en el Perú, a nombre de su gobierno, invita al señor Regidor Boris Germain Mujica Paredes, a participar de la beca del “International Visitor Leadership Program” auspiciada por la Embajada de los Estados Unidos a través de la Sección Prensa y Cultura (PAS); Que, dicha beca está confi gurada dentro del programa regional “Transparencia y Rendición de Cuentas”, a desarrollarse entre los días 9 al 27 de julio de 2012, en las ciudades de Washington DC; Jacksonville, Florida; Chicago, Illinois; Austin, Texas y San Diego, California; Que, según comunicaciones posteriores a la antedicha, la señora Rose M. Likins, Embajadora de los Estados Unidos de América en el Perú, lado precisa que los gastos de pasajes, alimentación y estadía hasta Estados Unidos de América y viceversa del señor Regidor Boris Germain Mujica Paredes, son cubiertos por los organizadores en su totalidad; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. APROBÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la participación del señor Regidor Boris Germain Mujica Paredes, en la beca del “International Visitor Leadership Program” auspiciada por la Embajada de los Estados Unidos a través de la Sección Prensa y Cultura (PAS), evento a desarrollarse entre los días 9 al 27 de julio de 2012, en las ciudades de Washington DC; Jacksonville, Florida; Chicago, Illinois; Austin, Texas y San Diego, California de los Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- PRECISAR que, los gastos que irroguen el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal serán cubiertos por los organizadores de la beca “International Visitor Leadership Program”. Artículo Tercero.- De conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal N° 058 - 04 - MC, el señor Regidor deberá elevar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje. Comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ARTURO FLOREZ GARCÍA Alcalde 810810-1