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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2012 470247 del 15 al 31 de julio del presente año, con motivo de conmemorarse el 191° Aniversario de la Independencia del Perú, quedando establecido que todas las banderas a izar con sus respectivas astas, deberán estar en buen estado de conservación, en respeto del símbolo patrio. Artículo Segundo.- La presente disposición incluye, con carácter de obligatorio a todos los predios del distrito, sean privados o públicos, de vivienda y/o comercio. Artículo Tercero.- RECOMENDAR a todo los vecinos del distrito de Barranco, el pintado, limpieza y embellecimiento de sus fachadas como muestra de respeto de nuestro aniversario patrio, así como para una mejor imagen y presentación del distrito. Artículo Cuarto.- El incumplimiento del presente Decreto, conllevará a la aplicación de una multa equivalente a 0.05% de la UIT vigente, tal como se establece en la Ordenanza 364-MDB “Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas”. Artículo Quinto.- Encargar la difusión y supervisión del cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y Sub Gerencia de Fiscalización. Regístrese, comuníquese y cúmplase JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcaldesa 811264-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Establecen conformación del Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012 ORDENANZA Nº 343-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO, VISTOS: El Informe Nº 1121-2012-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 193-2012- 0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, sobre el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013, así como, los acuerdos de la Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro de fecha 14 de junio de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680 que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como la fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el literal f) del artículo 2º del Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, defi ne que el Equipo Técnico lo integran los profesionales y técnicos de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional; los funcionarios de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Locales; de la Ofi cina de Programación e Inversión en el Gobierno Regional y Gobierno Local, o quienes hagan sus veces, pudiendo estar integrado, además, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Gobierno Local y tiene la responsabilidad de conducir el proceso del Presupuesto Participativo, brindando soporte técnico durante el desarrollo del mismo, y realizando el trabajo de evaluación técnica a que hace referencia el artículo 8 del Reglamento; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales y señala que el Equipo Técnico tiene como rol brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso, facilitar información para el desarrollo de talleres de trabajo, realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos así como preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica fi nanciera; Que, conforme se establece en el artículo 8º de la Ordenanza Nº 298-MSI que Reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo en el Distrito de San Isidro, formará parte del Equipo Técnico un representante de la sociedad civil, residente en el distrito de San Isidro, profesional con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto público, para lo cual el Consejo de Coordinación Local Distrital en pleno propondrá uno o más candidatos para ser evaluados por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Que, mediante Informe Nº 193-2012-0500-GPPDC/ MSI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo comunica el resultado de la evaluación de los candidatos propuestos por el Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro en Sesión Ordinaria de fecha 14 de junio de 2012, la misma que fue puesta a debate en la Sesión de Concejo, resultando elegido el señor Ing. Miguel A. Orihuela Gómez como representante de la Sociedad Civil ante el Equipo Técnico para el proceso de Presupuesto Participativo 2013; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 1121-2012-0400-GAJ/MSI; y, De conformidad con lo establecido en los artículos 9º, numerales 8) y 14) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo por MAYORÍA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, adoptó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO PARA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2013 EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013, de la siguiente manera: - Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, como Presidente del Equipo Técnico. - Subgerente de Planeamiento y Presupuesto, como Secretario Técnico. - Gerente de Desarrollo Urbano. - Gerente de Obras y Servicios Municipales. - Gerente de Desarrollo Social. - Gerente de Seguridad Ciudadana. - Gerente de Tecnologías de Información y Comunicación. - Jefe de la Ofi cina de Cultura. - Jefe de la Ofi cina de Participación Vecinal. - Ing. Miguel A. Orihuela Gómez – D.N.I. N° 08262379, como Representante de la Sociedad Civil.