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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2012 (18/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de julio de 2012 470728 Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 029- 2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 229-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 26 de junio de 2012 (fs. 275 al 280), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda Vista Hermosa I Etapa, sobre el terreno de 32,610.00 m², aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante la Resolución de Sub Gerencia Nº 123-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 04 de junio de 2012, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta las zonifi caciones Residencial de Densidad Media-R4, Comercio Vecinal C2 y Educación E, de conformidad con la Ordenanza Nº 687-MML, del 17 de setiembre de 2004, a vías; por cuanto el terreno se encuentra afecto a tres vías pertenecientes al Sistema Vial Metropolitano denominadas: Av. Tantamayo, Vía Colectora C-03 de 22.00 ml de ancho , Av. Paramonga, vía Colectora C-06 a de 26.000 ml de ancho y Av. s/n 9 Vía Colectora C-25, de 16.00 ml. de ancho, para la Av. Paramonga y la Av. s/n 9, se propone una sección de 24.00 ml. y 12.00 ml, respectivamente, secciones que han sido modifi cadas por la Ordenanza Nº 1510-MML, Adenda 39, con respecto a las vías locales, se proponen la secciones C-C y E-E, de 11.40 m y 6.00, cuya defi nición y aprobación es competencia de la Municipalidad Distrital, de acuerdo al Art. 5º de la Ordenanza Nº 341-MML y aportes reglamentarios, por cuanto el trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, iniciada en el año 1998, corresponde la aplicación de los aportes reglamentarios dispuestos en el Reglamento Nacional de Construcción; sin embargo, en el presente caso al haberse aprobado el Estudio Urbano Ambiental del Sector Chuquitanta, mediante Ordenanza Nº 687-MML, del 17 de setiembre 2004, corresponde la aplicación de la Ordenanza Nº 292-MML, por lo que la propuesta resulta conforme; por lo que se opina por remitir los actuados al Área Legal de esta Subgerencia para su pronunciamiento y emisión del acto administrativo que resuelva establecer la CONFORMIDAD de la citada resolución; Que, mediante Informe Nº 259-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 26 de junio de 2012 (fs. 281 al 282), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de REPRESENTACIONES ROVEALX SRLTDA., respecto al terreno de 32,610.00 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 304658 que continua en Partida Electrónica Nº 44164566 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima - Zona Registral Nº IX (fs. 73 al 75); de igual manera la administrada la representatividad de la misma, conforme consta de la Copia Literal de la Partida Electrónica Nº 0039683 del Registro de Personas Jurídica (fs. 46 al 49), en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 229-2012-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 259-2012-MML-GDU-SPHU-AL, ambas de fecha 26 de junio de 2012, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Subgerencia Nº 123- 2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 04 de junio de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 687- MML, Nº 341-MML, Nº 292-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-05 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Subgerencia Nº 123-2012-SGCHU- GDU-MDSMP, de fecha 04 de junio de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve Aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R4” y Comercio Vecinal “C2” del terreno de 32,610.00 m2, constituido por el Lote Nº 8 que formó parte del Lote A del Fundo Chuquitanta, identifi cado con la Unidad Catastral Nº 10372, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Vista Hermosa I Etapa, ubicado en el distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 029-2012-SCGHU- GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa REPRESENTACIONES ROVEALX SRLTDA; y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MATILDE HINOSTROZA MORALES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 814801-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Amplían plazo de vigencia de Beneficio Tributario y No Tributario previsto en la Ordenanza Nº 115-12.MDP DECRETO DE ALCALDIA N° 004-12-AL/MDP Pucusana, 30 de junio del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA Visto: El Informe Nº 690-2012-OAT-MD de fecha 30 de Junio del 2012 emitido por la Ofi cina de Administración Tributaria, sobre la prórroga de la Amnistía Tributaria y No Tributaria, a favor de los contribuyentes del Distrito de Pucusana, al amparo de lo establecido en el Artículo Primero de la Disposición Final de la Ordenanza Nº 115- 12-MDP y Proveído Nº 687-GM/MDP/2012 de fecha 30 de Junio del 2012 emitido de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 los Decretos de la Alcaldía establecen normas reglamentarias y de la ampliación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante la Ordenanza Nº 115-12-MDP, se estableció el Benefi cio Tributario y No Tributario a favor de los contribuyentes del Distrito de Pucusana, para que regularicen sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes que se encuentren en la vía ordinaria o coactiva; Que, la Ordenanza en mención faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o implicación de la presente ordenanza; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 20º numeral 6 y 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.