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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2012 467601 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR de fecha 20 de agosto de 2011, se creó el Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” con autonomía técnico-administrativa, económica y fi nanciera, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modifi cado por Decreto Supremo N° 004-2012- TR; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo N° 012-2004- TR, que aprueba las disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su Programa “Red CIL Proempleo” proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1° de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el artículo 2° del precitado dispositivo legal señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los clasifi cados como de confi anza, conforme a la normativa legal vigente; Que, asimismo, el citado artículo, establece que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 69° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2010, establece que la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo es un órgano de línea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir y evaluar la política y la normativa en materia de intermediación laboral pública y privada. Asimismo, regula, coordina, ejecuta y supervisa la articulación de los servicios en materia de promoción del empleo y capacitación laboral; que se prestan a nivel nacional, regional y local, integrados en una Red Nacional bajo su coordinación y asistencia técnica; asumiendo las funciones del ex programa “Red Cil Proempleo” a que hace referencia el Decreto Supremo N° 012-2004-TR; Que, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM de fecha 26 de julio de 2011, establece modifi caciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), precisando que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE de fecha 13 de setiembre de 2011, se aprobó el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, que incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Memorando Nº 108-2012-JOVENES A LA OBRA/DE/UAF de fecha 16 de mayo de 2012, la Responsable de la Unidad de Administración y Finanzas designa al señor Walter Rudy Alarcón Huertas, Responsable del Área de Recursos Humanos como encargado funcional de remitir las ofertas de empleo de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” a la Dirección General del Servicio nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de la Unidad de Administración y Finanzas y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades contenidas por la Resolución Ministerial Nº 005-2012-TR, de fecha 05 de enero de 2012. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Walter Rudy Alarcón Huertas, Responsable del Área de Recursos Humanos de la Unidad de Administración y Finanzas, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo a que se refi ere la Ley N° 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2004-TR, de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad de Administración y Finanzas, a fi n que disponga a quien corresponda su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al Área de Estadística e Informática de la Unidad de Planifi cación y Presupuesto la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (Página Web) del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER R. RAMÍREZ ESLAVA Director Ejecutivo Programa Jóvenes a la Obra 796036-1 Aprueban el Plan Estratégico Publicitario 2012, que comprende la Publicidad y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2012 RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL Nº 048-2012-TR/SG Lima, 1 de junio de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 275 y 381-2012-MTPE/4/1 del Jefe (e) de la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional; los Ofi cios Nsº 384 y 0466-2012-MTPE/4/9 del Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio Nº 775-2012-MTPE/4/11, del Jefe de la Ofi cina General de Administración y la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 1086; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como para fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los mismos; Que, el literal a) del artículo 3º de la referida Ley, establece que, para la autorización de la realización de publicidad estatal, se debe cumplir con un plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, tiene como funciones específi cas, entre otros, proponer el plan anual de difusión de los servicios y programas sociales; así como diseñar y proponer la estrategia comunicacional y de relaciones públicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en ese sentido, la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, mediante documento de vistos, propone para su aprobación, el Plan de Publicidad y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 2012, que tiene por objetivo desarrollar e implementar campañas publicitarias en los medios de comunicación masiva, que difundan los servicios y programas sociales a las empresas y a la población en general, en especial a la más vulnerable; así como, el